Más Información
- ¿Quién autoriza a las instituciones y sociedades mutualistas la microfilmación de todos aquellos libros, registros y documentos en general, que estén obligadas a llevar con arreglo a las leyes?
- La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
- ¿Qué valor tienen en juicio los negativos originales de cámara obtenidos por el sistema de microfilmación y las imágenes grabadas por el sistema de discos ópticos o cualquier otro medio autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas?
- Tendrán en juicio el mismo valor probatorio que los libros, registros y documentos que se hubieren microfilmado, grabado o conservado a través de cualquier medio autorizado.
- ¿Hay algún número de teléfono en el que me pueden atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
- Te puedes comunicar al (55) 57-24-76-42 y con gusto te atenderemos.
- ¿Es necesario llenar algún formato para este trámite?
- No es necesario llenar ningún formato.
- ¿Cuál es el costo de este trámite?
- No tiene costo, el trámite es gratuito.