Más Información

  • ¿Qué es una operación inusual de 24 horas?
    • Es cuando cada Aseguradora o Afianzadora deberá reportar como Operación Inusual, dentro del plazo de 24 horas, cualquier Operación que haya llevado a cabo con las personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento, o con otras actividades ilegales que se encuentren en las listas.
  • ¿Cuándo se presenta?
    • El trámite se debe presentar a través del Sistema de Envío de Información por Vía Electrónica SEIVE en archivo electrónico en formato .TXT dentro de un periodo que no exceda los sesenta días naturales contados a partir de que se genere la alerta por medio de su sistema, modelo, proceso o empleado de la Aseguradora o Afianzadora, lo que ocurra primero, insertando en la columna de descripción de la operación la leyenda "Reporte de 24 horas".
  • ¿Existe algún formato para presentar el informe?
    • Se debe "construír" un archivo en formato .TXT con 41 columnas separadas por ";" de acuerdo al layout señalado en los Anexos 1 y 2 de la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDE EL FORMATO OFICIAL PARA EL REPORTE DE OPERACIONES RELEVANTES INUSUALES Y PREOCUPANTES CONTEMPLADO EN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE SE INDICAN (RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS y RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012); ASÍ COMO EL INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO publicada en el Diario Oficial de la Federación del 14/12/2004 y sus reformas publicadas el 18/05/2005; 25/10/2010; 08/06/2012 y 01/08/2013.
  • ¿Cómo se presenta?
    • En un archivo en formato .TXT con 41 columnas separadas por ";" de acuerdo al layout señalado en los Anexos 1 y 2 de la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDE EL FORMATO OFICIAL PARA EL REPORTE DE OPERACIONES RELEVANTES INUSUALES Y PREOCUPANTES CONTEMPLADO EN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE SE INDICAN (RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS y RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012); ASÍ COMO EL INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO publicada en el Diario Oficial de la Federación del 14/12/2004 y sus reformas publicadas el 18/05/2005; 25/10/2010; 08/06/2012 y 01/08/2013.
  • ¿En dónde se presenta?
    • A través Sistema de Envío de Información Vía Electrónica SEIVE con el producto OPINU conforme al Anexo 27.1.1-a de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
  • ¿Cuál es el costo de éste trámite?
    • El trámite es gratuito.