Más información

  • ¿Qué documentos necesito para el presente trámite?
    • 1. El registro de firmas autógrafas deberán realizarse con apego al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.4 de las presentes Disposiciones, observando lo siguiente
      • Identificación oficial vigente con fotografía en formato PDF y firma del prospecto para Representante en formato .JPG en tinta negra y fondo blanco
    • 2. El registro de firmas para suscribir las constancias para la tildación su entrega se deberá realizar con apego al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.4 de las presentes Disposiciones, observando lo siguiente:
      • Identificación oficial vigente con fotografía en formato PDF y firma del prospecto para Representante en formato .JPG en tinta negra y fondo blanco.
    • Nota: En la siguiente liga podrás consultar el manual de usuario del sistema 
  • ¿Es necesario llenar algún formato?
    • Si, los siguientes:
      • Anexo 4.12.1. Formato relativo al registro de firmas autógrafas y, en su caso, digitales de los representantes de las instituciones para suscribir fianzas
      • Anexo 11.7.2. Formato para remitir las firmas autógrafas y, en su caso, digitales, para suscribir las constancias para la tildación de las afectaciones en garantía de las instituciones
      • Anexo 39.4.8. Procedimiento para el uso del sistema de registro de firmas de representantes de las instituciones para suscribir y tildar garantías y registro de firmas de agentes mandatariosf
  • ¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
    • El personal de la Subdirección de Ratificación y Apoyo Regional a los teléfonos 555724 7614 y 555724 7407.
  • ¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución a este trámite?
    • La Comisión, en un plazo de quince días hábiles siguientes a la recepción de la información señalada en la Disposición 4.12.1, emitirá el oficio de registro por medio del cual se informe sobre el registro solicitado. Transcurrido el precitado plazo, se entenderá la resolución en sentido positivo.
  • ¿Es necesario realizar una cita?
    • No, el trámite se realiza en Línea a traves del " Sistema de Registro de Firmas de Representantes de las Instituciones para Suscribir y Tildar Garantías y Registro de Firmas de Agentes Mandatarios" https://rfirmas.cnsf.gob.mx/ratificador
  • ¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?
    • No.