Más Información

  • ¿En qué tiempo se debe presentar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), el Plan de Trabajo del liquidador convencional?
    • Dentro de los veinte días hábiles posteriores a la designación del liquidador convencional.
  • ¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?
    • No es necesario.
  • ¿Hay algún número de teléfono en el que me pueden atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
    • Comunícate al (55) 57-24-76-42, y con gusto te atenderemos.
  • ¿Dentro de que plazo el liquidador convencional debe finiquitar las obligaciones pendientes de cumplir?
    • A más tardar dentro del año siguiente a la fecha en que haya protestado su nombramiento.
  • ¿En qué caso el liquidador convencional puede solicitar la ampliación del plazo a que se refiere la pregunta anterior?
    • Cuando la complejidad del proceso de liquidación así lo justifique.