Más Información 

  • ¿Quiénes pueden realizar este trámite?
    • Este trámite lo pueden realizar las Persona Morales que tengan debidamente acreditada su personalidad jurídica.
  • ¿En qué casos se tiene que presentar este trámite?
    • Cuando las Instituciones y Sociedades Mutualistas decidan realizar la apertura, cambio de ubicación y clausura de cualquier clase de oficinas en el país.
  • ¿Cuál es el plazo de tiempo para dar aviso a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), referente a la apertura, cambio de ubicación y clausura de cualquier clase de oficinas en el país?
    • Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán dar aviso a la CNSF, por lo menos con diez días hábiles de anticipación.
  • ¿En dónde puedo realizar el trámite?
  • ¿Hay algún número en el que me puedan atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
    • Te puedes comunicar al teléfono (55)5724-7400, en donde te podrán dar más informes acerca de tu trámite.