Más Información 

  • Qué documento es necesario presentar para solicitar la aprobación de reformas a los estatutos sociales de Agentes Persona Moral, además del escrito libre?
    • El Proyecto de Acta de Asamblea extraordinaria de Accionistas en la que se acuerde la modificación de la cláusula o artículo de que se trate y los términos de la reforma.
  • ¿Existe algún formato para realizar el trámite de solicitud para la aprobación de reformas a los estatutos sociales de Agentes Persona Moral?
    • No, el trámite se solicita mediante escrito libre.
  • ¿Cómo se realiza el aviso de cambio de domicilio de un Agente Persona Moral?
    • En archivo electrónico, enviado por medio del Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE), disponible en el Portal Institucional de la CNSF. 
  • ¿Qué documento se requiere enviar para hacer el aviso de cambio de domicilio de un Agente Persona Moral?
    • Solamente debes requisitar el Anexo 32.11.1 con el tipo de movimiento realizado (cambio de domicilio, apertura o clausura de sucursal), la fecha del movimiento y, manifestar el domicilio correspondiente. Adicionalmente, los Agentes deberán contar con un expediente, el cual habrá de contener físicamente la documentación soporte de la apertura, cambio de ubicación o clausura de cualquier clase de oficina. Dicho expediente deberá estar disponible en caso de que la Comisión lo solicite para efectos de inspección y vigilancia.
  • ¿El trámite de Autorización de Agente Persona Moral se realiza en las Delegaciones Regionales de la Comisión?
    • No, exclusivamente se lleva a cabo en las Oficinas Centrales de la CNSF, aunque puede presentarse la solicitud con sus anexos a través de la Delegación Regional de éste Órgano Desconcentrado más cercana a tu domicilio, misma que remitirá la documentación al Área competente (Dirección de Intermediarios, Registros y Enlace Regional).
  • ¿Cuál es la vigencia de la autorización de un Agente Persona Moral?
    • Por regla general, será indefinida.