Secretaría de Educación Pública
Autorización provisional para ejercer por título en trámite
¿Necesitas ejercer profesionalmente, pero tu título está en trámite? Solicita una autorización provisional con duración de seis meses ante la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Solicitud de autorización provisional para ejercer, por título en trámite |
Original |
Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano* |
Original y Copia |
Constancia expedida por la institución educativa dirigida a la Dirección General de Profesiones (DGP) de que el título profesional se encuentra en trámite o proceso de impresión, con fecha reciente de no más de 30 días naturales a la presentación de la solicitud |
Original |
Copia | |
Copia certificada ante notario público del documento migratorio, que compruebe su legal estancia en el país, en caso de ser extranjero |
Original |
3 Fotografías recientes blanco y negro tamaño y tipo filiación de frente con retoque, fondo blanco y papel mate |
|
Comprobante de pago de derechos |
Original y Copia |
Acta de examen profesional u oficio de no exigibilidad (exención de examen). En caso de no contar con el original, deberá presentar copia certificada por la institución educativa |
Original |
Nota: Para el caso de extranjeros acta de nacimiento debidamente legalizada por el Servicio Exterior Mexicano o apostillado del país que lo expidió.
* En caso de que no esté en español deberá adjuntar traducción por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia.
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Costo del servicio de autorización provisional para ejercer por título profesional en trámite |
$464.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
Es necesario considerar lo que establece la Ley Federal de Derechos en donde se indica lo siguiente:
Artículo 6.- Para determinar las cuotas de los derechos establecidos en esta ley se considerarán inclusive, las fracciones del peso; no obstante, lo anterior para efectuar su pago el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad de peso inmediato anterior y las que contengan cantidades mayores de 50 y hasta 99 centavos, se ajusten a la unidad de peso inmediato superior.
Cuando en un mismo acto el contribuyente debe efectuar el pago de dos o más derechos, deberá considerar en todo caso la cuota sin ajuste que corresponda a cada derecho, y solo a la suma de los mismos se aplicará el ajuste a que se refiere el párrafo anterior.
Opciones para realizar tu trámite
Cita en línea: Ingresa aquí.
Presencial: Concluye tu trámite en Av. Revolución 1425, Col. Campestre, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01040, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Vía telefónica: Para información, comunícate desde CDMX al teléfono 55 3601 7599; desde el interior de la república, 800 288 6688; y desde Estados Unidos, +52 866 572 9836; con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, horario del centro de México.
Trámite en proceso de mejora continua, en breve lo podrás visualizar con el estándar de servicios digitales de gob.mx
¿Tienes alguna sugerencia para mejorar la realización de este trámite?
¿Hay algo incorrecto en la información?
La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.