Secretaría de Gobernación

Registro de asociación religiosa

¿Quieres constituir una sociedad religiosa? Regístrala. Permite que las agrupaciones religiosas o iglesias, obtengan personalidad jurídica como asociaciones religiosas.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Escrito libre con las siguientes características:

  • Dirigido al Director General de Asociaciones Religiosas
  • Nombre de la agrupación religiosa solicitante
  • Domicilio para oír y recibir notificaciones y en su caso personas autorizadas para tales efectos
  • Petición textual de solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa
  • Nombre y firma de los/las solicitantes del registro

Original

Propuestas de denominación en el orden de consideración de los solicitantes de registro

Original

Domicilio, el cual deberá estar dentro del territorio nacional

Original

Relación de bienes inmuebles, que en su caso posee, utiliza o administra, así como los que pretendan aportar para integrar su patrimonio. 

En caso de relacionar bienes inmuebles propiedad de la nación, manifestar bajo protesta de decir verdad por parte de él/la o los/las representante (s) de la iglesia o agrupación religiosa, en el sentido de que no existe conflicto alguno por su uso o posesión.

En caso de relacionar bienes inmuebles susceptibles de incorporarse al patrimonio como asociación religiosa, se debe presentar el original de un escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del/la o los/las representante (s) de la iglesia o agrupación, en el sentido de que no existe conflicto alguno por su uso, posesión o propiedad y copia simple del título de propiedad. Así como señalar la superficie, medidas y colindancias, uso actual y al que será destinado. 

En caso de relacionar bienes inmuebles en arrendamiento o comodato, deberá de acompañar un ejemplar del contrato respectivo en el que se señale que el inmueble objeto del mismo es para la celebración de culto público y copia simple de alguna identificación oficial de el/la propietario/a.


En el supuesto de ser Ejidales, además de la documentación que le corresponda, se tendrá que acreditar que el inmueble ha salido del régimen ejidal.

Original

Estatutos, los que deberán contener como mínimo: 

  • Denominación
  • Domicilio
  • Bases fundamentales de su doctrina o cuerpo de creencias religiosas
  • Objeto
  • Lo relativo a su sistema de autoridad y funcionamiento, las facultades de sus órganos de dirección, administración y representación, así como la vigencia de sus respectivos cargos
  • Los requisitos que se deben de cubrir para ostentar el carácter de ministro de culto, el procedimiento para su designación
  • Lo que determinen en cuanto a los derechos y obligaciones de los representantes y de los asociados, en su caso

En vía de orientación se sugiere que los estatutos contemplen lo siguiente:

  • Llevar a cabo asambleas, contemplando:
  • Los tipos de asambleas (ordinarias y/o extraordinarias)
  • Quiénes deben participar en las asambleas, (asociadas, ministros de culto y/o órgano de gobierno)
  • El quórum para que sean válidas
  • Quién las debe de convocar
  • Los asuntos a tratar en cada una
  • Prever el órgano encargado de acordar el alta y baja de asociados, órgano de gobierno, representantes e inmuebles que se aporten para los fines de la asociación religiosa
  • El procedimiento y el órgano encargado de la modificación y/o adición a los estatutos
  • El procedimiento y el órgano encargado de la disolución y liquidación de la asociación religiosa

Original

Las pruebas que acrediten que la iglesia o agrupación religiosa de que se trate cuenta con notorio arraigo entre la población, tales como testimoniales o documentales expedidas por las autoridades competentes, así como el correspondiente comprobante del aviso a que se refiere el artículo 26 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público

Original

Relación de representantes

Original

Relación de asociados, en su caso

Original

Relación de ministros de culto

Original

Relación de los integrantes del órgano de gobierno

Original

Identificación Oficial vigente con fotografía y firma, Clave Única de Registro de Población (CURP) y Acta de Nacimiento de las personas relacionadas en los cuatro puntos anteriores

Original y Copia

Escrito con firmas autógrafas del o los representantes y asociados, en donde se solicite a la Secretaría de Relaciones Exteriores la celebración del Convenio de Extranjería a que se refiere la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Original

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: En la Dirección General de Asociaciones Religiosas, ubicada en calle Londres No. 102, 4° piso, Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México. Horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.

En caso de encontrarse en el interior de la República, los documentos podrán enviarse por servicio de mensajería y/o paquetería. Esperar la resolución.




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La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.

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