Servicio de Administración Tributaria

Escrito con el cual se desvirtúa la presunción del artículo 69-B de Código Fiscal de la Federación

¿Te ubicas en lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF)? Presenta información ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y desvirtúa la presunción, sólo consulta éste trámite e infórmate.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Manifestación bajo protesta de decir verdad, que los hechos que conoció la autoridad fiscal no son ciertos

Original

Relación y respaldo de la documentación e información con la que desvirtúe que emitió comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes

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Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre ante las oficinas de la autoridad que suscribió el oficio de presunción o a través del Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.


Trámite en proceso de mejora continua, en breve lo podrás visualizar con el estándar de servicios digitales de gob.mx




La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.

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