Servicio de Administración Tributaria
Deducciones por pérdida de créditos incobrables
¿Sufriste pérdidas por créditos incobrables? Avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las deducciones correspondientes.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
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Original |
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Costos
Concepto | Monto |
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Trámite |
Gratuito |
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