Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Cédula de Operación Anual (COA)
El trámite sirve para reportar las emisiones y transferencias de los establecimientos sujetos a reporte de competencia federal: fuentes fijas de jurisdicción federal, grandes generadores de residuos peligrosos, prestadores de servicios de manejo de residuos, los que descarguen aguas residuales a cuerpos receptores que sean aguas nacionales y los que generan 25,000 toneladas o más de Bióxido de Carbono Equivalente (tCO₂e) de emisiones de Compuestos y Gases Efecto Invernadero (CyGEI) de los sectores productivos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Cambio Climático en materia de Registro Nacional de Emisiones (RENE).
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
Instrumento jurídico que acredite la personalidad del representante legal |
|
Identificación oficial vigente |
|
Contar con la e.firma vigente del representante legal de la empresa al momento de realizar el trámite* |
|
Los archivos de las memorias de cálculo realizadas se integrarán de manera electrónica al formato del reporte** |
|
Los resultados de los estudios de monitoreo realizados*** |
Nota: Al ser la Cédula de Operación Anual un trámite que se realiza en línea, los documentos deben adjuntarse archivo PDF con un máximo de 10 MB.
* En la aplicación, el representante legal puede nombrar a su capturista, para integrar la información en las tablas correspondientes, por Internet, una vez revisada y aprobada la información en el formato COA-Web, firma electrónicamente y genera su Constancia Recepción (sin esta constancia el trámite no es válido).
** Lo anterior con fundamento en el artículo 9, fracción VII del Reglamento de la Ley General de Cambio Climático (LGCC) en materia del Registro Nacional de Emisiones (RENE) y trámite SEMARNAT-10-04. Se debe conservar la información sobre emisiones directas e indirectas.
*** De acuerdo a los artículos 10 (fracción 5) y 21 del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y 11, 16, 17 y 18 del Reglamento de la LGCC en materia del RENE, a fin de que la Secretaría revise su información, estos archivos se integrarán al formato de reporte, en la sección correspondiente.
Costos
| Concepto | Monto |
|---|---|
Trámite |
Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Por la naturaleza técnica del trámite para el correcto despliegue de los contenidos se recomienda el uso del navegador Google Chrome, versiones 44 a 50 y una resolución mínima de 1280 x 1024 píxeles.
El horario de atención a usuarios es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
Vía telefónica: (55) 5628 0673
También dirígete a los teléfonos de tu Delegación de SEMARNAT correspondiente, consulta el directorio.
Correo electrónico:
ASEA: Sector hidrocarburos (gasolineras, gaseras o industria del petróleo)
- Dudas sobre el registro de empresa, de representante legal/usuarios, firma electrónica en el SINATEC, actualización de Número de Registro Ambiental (NRA)
- Dudas sobre la captura de la información en las secciones de la de la COA claudia.lartigue@asea.gob.mx, arturo.moran@asea.gob.mx
SEMARNAT: Fuentes fijas de Jurisdicción federal, grandes generadores de residuos peligrosos y empresas de manejo de residuos peligrosos -excepto sector hidrocarburos-, descargas de agua a cuerpos nacionales y sujetos obligados al Registro Nacional de Emisiones (RENE) de Compuestos y Gases de Efecto Invernadero (GEI):
- Dudas sobre el registro de empresa, de representante legal/usuarios, firma electrónica en el SINATEC, validación documentos y actualización de Número de Registro Ambiental (NRA): sinatec@semarnat.gob.mx
- Dudas sobre la captura de la información en las secciones de la COA: coa@semarnat.gob.mx
- Dudas sobre el Registro Nacional de Emisiones (RENE): rene@semarnat.gob.mx
- Dudas sobre la captura de la información de residuos peligrosos en la COA: sgpa.coa@semarnat.gob.mx
¿Tienes alguna sugerencia para mejorar la realización de este trámite?
¿Hay algo incorrecto en la información?
La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.