Instituto Nacional de Migración
Cambio de residente temporal a residente permanente
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal que cumplió con cuatro años consecutivos de residencia, eres jubilado o pensionado que recibe sus ingresos del exterior o deseas participar en el Sistema de Puntos? Podrás cambiar de condición de estancia a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente |
Original |
Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de residente temporal |
Original y Copia |
Tarjeta de residente temporal, válida y vigente |
Original |
Comprobante del pago de derechos por la recepción y estudio del cambio de condición, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Derechos |
Original |
Acreditar algún supuesto y presentar el documento correspondiente según sea el caso:
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Nota: Los trámites deberán presentarse solamente en original, y sus anexos, en copia simple. Si el interesado requiere que se le acuse recibo, deberá adjuntar una copia para ese efecto. (Artículo 15 A fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo)
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Por recepción, estudio y, en su caso, autorización del cambio de condición |
$1,632.00 mxn |
En caso de resolución positiva deberá realizar este pago |
Monto variable |
Por recepción, estudio y, en su caso, expedición de documento que acredita Residencia Permanente (DRP) |
$6,226.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
La hoja de ayuda se deberá llenar atendiendo a las siguientes especificaciones:
- Corroborar que corresponda con el tipo de trámite solicitado
- Registrar exactamente los nombres y apellidos completos con los que se está identificando la persona extranjera en la solicitud de trámite. (Sin importar la cantidad de nombres y apellidos)
- En caso de menores de edad, se deberá registrar el pago con los nombres y apellidos de los menores
- Se sugiere revisar exhaustivamente los recibos de pago que emitan las instituciones bancarias, a fin de que no medie error en los datos de identificación de la persona
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Oficina de Representación que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a ésta, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264.
¿Tienes alguna sugerencia para mejorar la realización de este trámite?
¿Hay algo incorrecto en la información?
La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.