Instituto Nacional de Antropología e Historia
Autorización para toma fotográfica, filmación y/o videograbación en zonas, monumentos y museos del INAH
Solicita la autorización para fotografiar, filmar, videograbar con equipo especial y/o profesional, alguna de las zonas arqueológicas, monumentos históricos o museos que se encuentran bajo custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) ya sea que se encuentren abiertos al público o no.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Guión (el guión se refiere al texto en que se exponen, los detalles necesarios para la realización del levantamiento de la imagen, que abarca tanto los aspectos literarios, como los tecnicos), y/o storyboard (este es el guión gráfico que muestra el conjunto de ilustraciones en secuencia) y/o dummy (es el boceto de alto nivel de calidad de cual contiene ya todos los elementos visuales que se utilizarán) |
Original |
Escrito dirigido a la Coordinación Nacinal de Asuntos Jurídicos; el escrito debe contener una breve sinopsis del preoyecto a realizar,la logística, el número de participantes y de ser el caso si hay actores y modelos, medios específicos de difusión y toda la información adicional que creas pertinente |
Original |
Formato de Solicitud INAH-01-001 para la autorización de toma fotográfica, filmación y/o videograbación, en zonas, monumentos y museos, que utilicen equipo especial y/o profesional |
Original |
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Filmación y/o videograbación por día* |
$14,668.00 mxn |
Tomas fotográficas por día en zona arqueológica, museo, o monumento del patrimonio nacional bajo custodia de los institutos competentes** |
$7,334.00 mxn |
* Las instituciones públicas dedicadas a la promoción, enseñanza o investigación de la cultura, la ciencia o el arte, pagarán el 40% del monto de los derechos citados en la fracción I y II de este apartado.
** Las instituciones públicas dedicadas a la promoción, enseñanza o investigación de la cultura, la ciencia o el arte, pagarán el 60% del monto de los derechos citados en las fracción I de este apartado.
No pagarán los derechos establecidos en este artículo, las autoridades e instituciones públicas competentes en la investigación, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos, en términos de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Inicia tu trámite en línea aquí y termínalo de forma presencial en las oficinas de atención.
Presencial: Acude a las oficinas de atención del INAH, adjunta la documentación requerida, espera la fecha de resolución, realiza el pago de derechos correspondiente y recibe el permiso.
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La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.