Ciudad de México, a 12 de septiembre de 2022
Respecto a las preguntas realizadas en la Conferencia Matutina en relación a la situación de la mina ubicada en la concesión “Las Conchitas Fracc. Norte” conocida como “Pinabete” y la operación minera en la zona carbonífera de Coahuila, se informa lo siguiente:
1. SOBRE EL TÍTULO DE CONCESIÓN EMITIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS (Número 221087).
- En noviembre de 2003 se otorga la concesión a MINERA RÍO SABINAS S.A DE C.V.
- En mayo de 2006 MINERA RÍO SABINAS S.A DE C.V. cede los derechos en favor de JOSÉ ÁNGEL RAMÍREZ RAMÓN.
- En noviembre de 2015 JOSÉ ÁNGEL RAMÍREZ RAMÓN cede los derechos de la concesión en favor de CIA MINERA EL PINABETE S. A. DE C.V
- En diciembre de 2021 CIA MINERA EL PINABETE S.A DE C.V. firma contrato privado de cesión de derechos en favor de CRISTIAN ELOIR SOLÍS ARRIAGA pero no lo presenta para registro ante la Dirección General de Minas.
- CRISTIAN ELOIR SOLÍS ARRIAGA es la persona que aparece como patrón ante el IMSS.
- El 22 de febrero de 2022 CIA MINERA EL PINABETE S.A DE C.V. intenta ceder los derechos en favor de SCI EDIFICACIONES S.A. DE C.V., trámite denegado por la Dirección General de Minas por no presentar el contrato original y la copia certificada, por no encontrarse certificado el contrato ante notario y por actuar el representante de la empresa a nombre propio y no a nombre de la empresa.
- Por tanto, el actual concesionario de “Las Conchitas Fracc. Norte”, es CIA MINERA EL PINABETE S.A DE C.V. y quien operaba la mina es CRISTIAN ELOIR SOLÍS ARRIAGA.
2. SOBRE LOS PERMISOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACIÓN MINERA.
La empresa tanto concesionaria como la explotadora de la mina operaban de manera irregular al no contar con diversos permisos y trámites federales y municipales necesarios para la explotación minera.
3. REGISTRO DE INSPECCIONES POR PARTE DE LA STPS EN LA MINA UBICADA EN LA CONCESIÓN DENOMINADA “LAS CONCHITAS FRACC. NORTE” (Número 221087).
No se tiene registro de ninguna inspección en el centro de trabajo donde se presentó el accidente (“Las Conchitas Fracc. Norte) ya que no existía registro en el padrón del Directorio Nacional de Empresas de la STPS.
Se aclara que en ningún momento la STPS mencionó que la Mina “Las Conchitas” operaba de manera regular. Al momento del accidente no se tenía registro de denuncias, ni quejas ante la STPS en referencia a este centro de trabajo, circunstancia que fue informada en su momento.
Independientemente de la inspección, toda mina debe cumplir con la NOM 032 en seguridad para minas subterráneas de carbón.
Siempre que se registra un accidente en un centro de trabajo la autoridad laboral debe de acudir para realizar un dictamen y determinar si hubo cumplimiento de normas e iniciar un proceso sancionador. Para el caso de la Mina “Las Conchitas Fracc. Norte” concesionada a la empresa PINABETE se realizará una vez que concluyan las labores de rescate.
4. ÓRDENES DE APREHENSIÓN
Derivado de la investigación de la Fiscalía General de la República se han girado tres órdenes de aprehensión. Se continúa con la investigación en donde la STPS ha coadyuvado en su ámbito de competencia.
5. LABORES DE INSPECCIÓN EN LA REGIÓN CARBONÍFERA DE COAHUILA
En los últimos tres años en todo el país se han realizado 979 inspecciones a minas, de ellas, en la zona carbonífera de Sabinas se han realizado 387. El 39% de todas las inspecciones mineras desarrolladas en el país, se han realizado en la zona carbonífera de Coahuila.
En los tres años de la presente administración, la STPS ha ordenado la suspensión de actividades por incumplir gravemente con las medidas de seguridad de 27 explotaciones mineras en la región carbonífera de Coahuila, es decir, el 84% de todas las suspensiones de minas del país. A la fecha 15 de estos centros mineros de la región carbonífera de Coahuila continúan con la suspensión de actividades por parte de la STPS. Asimismo, se han impuesto 3,181 medidas correctivas en materia de seguridad en las minas de Sabinas.
El 75% de las sanciones económicas que ha impuesto la STPS a minas en todo país por incumplir con la normatividad laboral, han sido en Coahuila, consecuencia de las inspecciones en materia de seguridad.
Actualmente se encuentran en las Fiscalías 7 denuncias de la STPS contra minas por incumplimiento a la restricción de acceso a la explotación minera.
6. ESTATUS DE LA CONCESIÓN “EL MENOR” (Número 219355) OPERADA POR MICARÁN, S.A. de C.V. , EN MUZQUIZ, COAHUILA
El 23 de junio de 2021 se desahogó en la concesión “El Menor”, operada por la empresa MICARÁN, S.A. de C.V. la inspección extraordinaria en materia de seguridad e higiene por parte de la STPS.
Como resultado de dicha visita se emitió la restricción de acceso y limitación de operaciones, que hoy continua vigente. Actualmente se encuentra interpuesto por parte de la empresa un juicio de amparo en contra de la medida de restricción impuesta por la STPS.
Derivado de una visita de seguimiento el pasado 30 de septiembre de 2021, se detectó que la mina se encontraba operando sin respetar la medida de restricción, por ello la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Sabinas, presentó la denuncia correspondiente ante el agente del ministerio público federal el 16 de noviembre. Asimismo, la STPS impuso una sanción económica por un monto de $7,793,820.00 M.N.
La propia Oficina de Representación de la STPS en Sabinas en fecha 09 de diciembre de 2021 solicitó mediante oficio a la Dirección General de Minas, la suspensión provisional de la concesión minera de la MICARAN, S.A. de C.V., petición que recibió respuesta confirmando la suspensión provisional de la concesión.
La concesión se encuentra suspendida provisionalmente por la Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía.
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