Ciudad de México, a 19 de noviembre de 2017

Boletín No. 1064

  • A través de la Guía de Educación Previsional en Materia de Seguridad Social, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social explica los beneficios de contar con acceso a servicios de salud y de una pensión, entre otros

La importancia de que los empleados formales en el País conozcan que cuentan con diferentes seguros de atención y asistencia médica, contra riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, así como de invalidez, vejez y retiro, es el principal objetivo de la Guía de Educación Previsional en Materia de Seguridad Social.

Elaborada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), bajo la asistencia técnica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España, está herramienta explica, de manera sencilla, los aspectos más importantes en materia de la seguridad social, entre ellos los pasos a seguir para la afiliación y alta a los servicios de salud, pensiones y/o acceso al crédito para el consumo y para la vivienda.

El derecho a la seguridad social está garantizado por el Artículo 123 de la Constitución Política, en sus apartados “A” en favor de los trabajadores de la iniciativa privada; y apartado “B”, para los trabajadores de los Poderes de la Unión.

Con esta guía, se busca acercar información a los empleados formales sobre su derecho a la asistencia médica, servicio de guardería, a la seguridad de un ingreso de trabajo por vejez, enfermedad, invalidez o maternidad.

Este instrumento recuerda que, en México, los trabajadores con una relación laboral formal tienen acceso ya sea a los servicios que presta el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para el sector privado; o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para el sector público.

La guía, que está disponible para su consulta en la página www.gob.mx/stps (sección Documentos), orienta sobre la protección en caso de accidentes y enfermedades a los que un trabajador se expone en el desempeño de sus labores.

Recuerda que este seguro puede ser por tiempo determinado, cuando queda el trabajador imposibilitado a llevar a cabo actividades de manera temporal ocasionado por la disminución de sus capacidades; o por tiempo permanente total, cuando pierde sus facultades o aptitudes para llevar a cabo cualquier trabajo de manera definitiva.