Boletín 421

México D.F. 2 de junio de 2015 

 

  • Las empresas y patrones que no cumplan con el pago de este derecho, serán acreedores a multas que pueden llegar a los 5 mil salarios mínimos.

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recuerda a los trabajadores de empresas que no han recibido su prestación de Reparto de Utilidades, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para hacer efectivo su derecho a recibir parte de las ganancias obtenidas por sus centros de trabajo. 

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, aquel trabajador que no reciba esta prestación o se le pague de manera incompleta, tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida (30 de mayo) para personas que trabajan para una persona moral (empresa). Cabe recordar que para quienes laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite para obtener las utilidades es el 29 de junio. 

El Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo establece también que el Reparto de Utilidades entre los trabajadores debe efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores. Asimismo, que el importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente. 

Es importante señalar que el Reparto de Utilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón. 

Además, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la STPS por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios. 

Se recuerda a las empresas y patrones que en caso de no cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, se podrían generar multas que van de los 50 a los 5 mil salarios mínimos vigentes. 

Cabe destacar que durante esta Administración, de diciembre 2012 a abril 2015, la PROFEDET ha recuperado 6 mil 535.9 millones de pesos para los trabajadores, ganando 9 de cada 10 juicios que patrocinó a favor del trabajador. También ha proporcionado un total de 500 mil 20 servicios de procuración de justicia laboral de forma gratuita e integral, de los cuales 48 por ciento han sido para mujeres y 52 por ciento para hombres. 

Del total de servicios proporcionados para tutelar los derechos laborales de los trabajadores 48 mil 610 fueron juicios, 2 mil 434 amparos, 19 mil 182 conciliaciones, 193 mil 740 asesorías personalizadas y se dio seguimiento a 236 mil 54 solicitudes de información por vía telefónica y digital. 

La PROFEDET pone a disposición de todos los trabajadores la línea telefónica sin costo 018009117877 y el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx, en donde se les podrá brindar de forma gratuita, asesoría legal sobre el Reparto de Utilidades, desde cualquier parte de la República Mexicana.