Obligaciones de los trabajadores
- Aplicar las medidas de prevención y de control dispuestas en la norma y/o por el patrón, con el fin de controlar factores de riesgo psicosocial y contribuir a un ambiente laboral propicio, libre de violencia laboral.
- Acudir a la aplicación de los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas, determinadas en la normatividad de la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y/o los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico o psicólogo o psiquiatra del centro de trabajo o de la empresa.
- Asistir a los eventos de información promocionados por el patrón.
- Avisar por escrito haber presenciado o sufrido un evento traumático severo, directamente al patrón, o través de los servicios preventivos de seguridad y Salud en el Trabajo o de la Comisión de Seguridad e Higiene.
- Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral, utilizando los mecanismos que establezca el patrón y/o a través de la Comisión de Seguridad e Higiene.
- Colaborar en la detección de riesgos psicosociales y en la evaluación del entorno organizacional.
- Evitar realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.