El pasado 30 de mayo venció el plazo para que los trabajadores reciban la parte que le corresponde de las utilidades de sus empresas.

El #RepartoDeUtilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, aquel trabajador que no reciba esta prestación o se le pague de manera incompleta, tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida para personas que trabajan para una persona moral (empresa). Cabe recordar que para quienes laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite para obtener las utilidades es el 29 de junio.

Es importante señalar que el #RepartoDeUtilidades no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.

Además, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la STPS por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

Si no recibiste tu #RepartoDeUtilidades acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría de forma gratuita. También puedes llamar desde cualquier parte de la República Mexicana sin costo al 018009117877 o enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.