Con respecto al diálogo llevado a cabo a través del grupo técnico de trabajo sobre migración y desarrollo, el Gobierno de los Estados Unidos ha comunicado al Gobierno de México que atenderá todas las preocupaciones de índole humanitaria con respecto a la reimplementación de la sección 235(b)(2)(C) de su Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).

En virtud de que el Gobierno de los Estados Unidos ha aceptado las preocupaciones de carácter humanitario del Gobierno de México —entre las que destacan mayores recursos para albergues y organizaciones internacionales, la protección para grupos vulnerables, la consideración de las condiciones locales de seguridad y de capacidad de albergue y de atención del Instituto Nacional de Migración, así como la aplicación de medidas contra la COVID-19, como revisiones médicas y la disponibilidad de vacunas para las personas migrantes sujetas tanto a la sección 235(b)(2)(C) de la INA como al Título 42 del Código de los EE.UU.— el Gobierno de México ha decidido que, por razones humanitarias y de manera temporal, no retornará a sus países de origen a ciertos migrantes que tengan una cita para aparecer ante un juez migratorio en Estados Unidos para solicitar asilo en ese país. 

El Gobierno de México reitera su compromiso con los derechos humanos de las y los migrantes, así como para mantener una migración ordenada, segura y regular. Asimismo, el Gobierno de México continuará promoviendo la cooperación para el desarrollo, con programas de efectos directos e inmediatos, como la principal vía de atención al fenómeno migratorio en la región.