Personas LGBT+

Infórmate sobre la legislación local del país al que viajes en relación a la diversidad sexual para evitar inconvenientes durante tu estancia.

Secretaría de Relaciones Exteriores | 24 de noviembre de 2022
Recomendaciones de viaje - Personas LGBT+

El estado mexicano busca garantizar en todo momento el respeto de los derechos humanos de todas las personas mexicanas sin importar su origen étnico, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra; sin embargo, no se puede impedir la aplicación de las leyes internas de cada país, por lo que siempre debe observar la ley del país en el que se esté,  independientemente de estar de acuerdo o no con su marco legal.

Es importante notar que existen lugares en donde el entorno social y las leyes pueden ser abiertamente adversas a las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, intersexuales y queer (LGBTIQ+). En algunos países la homosexualidad se puede tipificar como un delito, y las penas y castigos pueden ser severos o hasta implicar la pena de muerte. Hay otros países en donde hay fuertes restricciones sobre la libertad de expresión.

Para obtener mayor información sobre el estatus de las diversas legislaciones en otros países respecto a la homosexualidad consulte el sitio de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA) (https://ilga.org/maps-sexual-orientation-laws) También puede consultar la guía de viajes especializada o acercarse a los foros, grupos o medios de comunicación de las diversidades sexuales para pedir información. Una fuente reconocida es la International Gay and Lesbian Travel Association (IGLTA). Si tu investigación arroja que existen riesgos o situaciones adversas para las personas de este colectivo, es conveniente que consideres la opción de viajar a otra parte. En todos los casos la mejor opción es ser turista responsable y evitar ponerse en riesgo o en situaciones de vulnerabilidad.

En general, es recomendable seguir los siguientes consejos para evitar posibles situaciones de riesgo:

  1. Hay que tener conciencia de que en algunas partes hay estrictos códigos de conducta y vestimenta.
  2. En caso de duda, lo mejor es pedir consejo a personas conocidas del lugar.
  3. Es bueno informarse en chats y grupos de internet para evitar lugares peligrosos o redadas en países en donde la diversidad sexual es un delito.
  4. Hay que tener cautela. Evita compartir información personal con personas desconocidas (domicilio, datos de familiares o conocidos, registros bancarios y/o financieros)
  5. Las áreas rurales y poblaciones pequeñas generalmente tienden a ser más conservadoras, por lo que se recomienda observar las costumbres locales.
  6. En algunas ocasiones, ciertos hoteles pueden negarse a hospedar a parejas del mismo sexo por lo que es una buena práctica preguntar por sus políticas al respecto, al momento de hacer la reservación.

En referencia a la obtención del pasaporte en el caso de las personas transgénero, para que les puedan expedir el mismo y que este muestre su identidad sexo-genérica, en México debes seguir los siguientes pasos:

Las personas que tramitaron un juicio de reasignación para la concordancia sexo-genérica o un procedimiento de identidad de género, podrán solicitar el trámite de pasaporte, cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 14, 16, 30 y 32 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, es decir:

  • Comparecer personalmente, previa cita, ante las oficinas competentes de la Secretaría u oficinas consulares de su preferencia, la cual puede programarse en territorio nacional a través de la página de Internet: https://citas.sre.gob.mx/, o al número telefónico 55 893 24827.
  • Acreditar su nacionalidad mexicana mediante la presentación de su nueva acta de nacimiento.
  • Acreditar su identidad, presentando original y copia de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad:

-Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral;

-Cédula Profesional;

-Título Profesional;

-Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;

-Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;

-Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, nombre, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía;

-Credencial para personas jubiladas o pensionadas emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, nombre, firma y cargo de quien la expide. En el caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía.;

-Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

  • Copia simple de la Clave Única de Registro Población (CURP), certificada por el Registro Civil. La cual puede ser consultada en la siguiente dirección electrónica: https://www.gob.mx/curp/.
  • Cubrir el pago correspondiente en los términos previstos en la Ley Federal de Derechos. 
  • La fotografía deberá tomarse de frente, a color, con el fondo blanco, la cabeza descubierta y sin prendas u objetos que cubran parcial o totalmente el rostro, incluidos lentes.
  • En caso de renovación, presentar el pasaporte que se pretende renovar.

Las Oficinas de Pasaportes deben consultar a la Dirección General de Oficinas de Pasaportes, si la Secretaría ya fue notificada por parte del Registro Civil y, en consecuencia, si ya fue registrado un impedimento administrativo al nombre anterior, con la finalidad de salvaguardar los derechos que le asisten a la persona solicitante respecto a su nueva identidad.

En caso de que la Secretaría no haya sido notificada del juicio para la reasignación para la concordancia sexo-genérica o del trámite administrativo de identidad de género, la persona solicitante podrá entregar el acuerdo de procedencia o la sentencia en la Oficina de Pasaportes en la cual se encuentre realizando su trámite; no obstante, si por circunstancias ajenas, la persona interesada se encontrara imposibilitada, la Secretaría lo solicitará a la Oficina del Registro Civil competente, por lo que el tiempo de respuesta queda sujeto al que establezca dicha autoridad.

Por otro lado, si en el proceso de verificación del acta de nacimiento, se detecta que el acta de nacimiento primigenia no ha sido reservada y/o cuenta con doble CURP, la persona solicitante deberá realizar el procedimiento correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable para subsanar dichas circunstancias.

En el exterior los requisitos son:

  • Las personas que deseen tramitar un pasaporte mexicano en Estados Unidos y Canadá pueden comunicarse al número gratuito de “MiConsulado” +1 (424)-309-0009 para obtener información sobre los requisitos y programar una cita.

Mediante los portales https://www.gob.mx/pasaporte  y  https://citas.sre.gob.mx/ es posible tramitar una cita para la red consular de México en el Mundo.

En caso de emergencia comprobada, puede acudir a la Embajada o Consulado más cercano en horario de atención usuarios, (debe presentar los documentos que sustenten la emergencia).

  • Una vez obtenida la cita, acudir personalmente a la oficina consular correspondiente.
  • Entregar la solicitud de pasaporte debidamente requisitada y firmada. La solicitud contendrá la declaración del solicitante, bajo protesta de decir verdad, de que los documentos y datos proporcionados son correctos y auténticos.
  • Cubrir el pago correspondiente en los términos previstos en la Ley Federal de Derechos.
  • Acreditar su nacionalidad mexicana mediante la presentación de su nueva acta de nacimiento en la que se refleje la reasignación para la concordancia sexo-genérica o del trámite administrativo de identidad de género.
  • Acreditar su identidad con la presentación de alguno de los siguientes  documentos, cuyos datos coincidan fielmente con el documento con el que acredite la nacionalidad:
  • Acreditar su identidad, presentando original y copia de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad:

-Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral;

-Cédula Profesional;

-Título Profesional;

-Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;

-Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;

-Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, nombre, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía;

-Credencial para personas jubiladas o pensionadas emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, nombre, firma y cargo de quien la expide. En el caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aun cuando el sello no cancele la fotografía.;

-Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF);

-Certificado de nacionalidad mexicana;

-Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

-Carta de naturalización;

-Cédula de Identidad Ciudadana.

Notas:

  • En el extranjero, la persona interesada podrá presentar aquellos otros documentos que la práctica consular permita.
  • En el caso de reasignación para la concordancia sexo-genérica no se considerará extemporaneidad el tiempo transcurrido entre el nacimiento y el nuevo registro. Lo anterior surtirá efectos una vez que la Secretaría sea debidamente notificada por la autoridad judicial competente y el interesado acompañe el acta correspondiente.
  • El pasaporte que se presente para su renovación servirá para acreditar plenamente la nacionalidad e identidad del interesado, excepto en los casos en que exista variación de alguno o algunos de los datos personales.
  • Si derivado de un error o variación de alguno o algunos de los datos personales en el pasaporte, se solicitará su renovación o modificación, además de cumplir con los requisitos del artículo 30 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, el interesado deberá entregar copia certificada de los documentos idóneos que justifiquen dicha circunstancia y acreditar su nueva identidad.

Tener programada una cita no garantiza la obtención de un pasaporte, ya que el personal de la representación verificará que los documentos cumplan con los requisitos establecidos por la normatividad vigente.

En aquellos casos en que la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Secretaría verificará su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerir al solicitante información y documentación adicional que demuestre fehacientemente su nacionalidad e identidad.

No se aceptarán documentos con alteraciones, enmendaduras y/o omisiones de ningún tipo, incluyendo sin limitar en la fecha de nacimiento, fecha de registro o nacionalidad de los padres, o que carezcan de sellos oficiales o firma autorizada, no sean legibles y/o muestren signos de que son apócrifos.

Presentar documentación falsa es un delito. Solicite asesoría en la Embajada o Consulado de México más cercano.

Ante una eventualidad o si requieres asistencia en el extranjero, contacta inmediatamente a tu Embajada o Consulado de México más cercano. Y no dejes de registrar tu itinerario de viaje en el Sistema de Registro para Personas Mexicanas en el Exterior(SIRME).

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