Se encuentra clasificada en cuatro rubros: O1, O2, O3 y O4.

 

La visa oficial O1 se expide al extranjero, titular de pasaporte oficial o su equivalente o Laissez-Passer, que pretende ser acreditado ante el Gobierno de México para desempeñar la comisión designada por el Estado u organismo internacional que corresponda, así como a sus dependientes titulares de pasaporte no ordinario. La solicitud de visa podrá ser presentada por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Protocolo o a la Dirección General de Asuntos Especiales de la

Secretaría, según corresponda, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte oficial o equivalente o Laissez-Passer;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa oficial O2 se expide al extranjero, titular de pasaporte oficial o su equivalente o de Laissez-Passer, que pretende ingresar a territorio nacional de manera temporal,  en comisión designada por el Estado u organismo internacional que corresponda, así como a sus dependientes titulares de pasaporte no ordinario.  La solicitud de visa podrá ser presentada por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Servicios Consulares de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte oficial o equivalente o Laissez-Passer;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa oficial O3 se expide al extranjero, titular de pasaporte oficial o su equivalente o de Laissez-Passer, que pretende ingresar a territorio nacional de manera temporal, en tránsito o viaje privado, así como a sus dependientes titulares de pasaporte no ordinario.  El Estado u organismo internacional que corresponda deberá solicitar la visa del funcionario y de sus dependientes, por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Servicios Consulares de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte oficial o equivalente o Laissez-Passer;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa oficial O4 se expide a:

 

I. Funcionarios extranjeros de organismos internacionales, titulares de pasaporte ordinario, que pretenden internarse en territorio nacional, con el propósito de acreditarse ante el Gobierno de México para desempeñar la comisión para la cual fueron designados;

II. Dependientes titulares de pasaporte ordinario que acompañen a funcionarios diplomáticos, consulares y técnicos administrativos o a funcionarios extranjeros de organismos internacionales, que pretenden internarse en territorio nacional, con el propósito de acreditarse ante el Gobierno de México, y

III. Extranjeros titulares de pasaporte ordinario que sean investigadores, científicos, humanistas de prestigio internacional o personas prominentes, que pretenden internarse a territorio nacional de manera temporal.

 

La solicitud de visa podrá ser presentada por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Protocolo de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte ordinario;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.