Se encuentra clasificada en tres rubros: D1, D2 y D3.

 

La visa diplomática D1, se expide al extranjero, titular de pasaporte diplomático o Laissez-Passer, que pretende ser acreditado ante el Gobierno de México para desempeñar la comisión designada por el Estado u organismo internacional que corresponda y a los embajadores concurrentes ante México, así como a sus dependientes titulares de pasaporte no ordinario.   La solicitud de visa podrá ser presentada por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Protocolo o a la Dirección General de Asuntos Especiales de la Secretaría, según corresponda, o

III. Nota verbal de la embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte diplomático o Laissez-Passer;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa diplomática D2, se expide al extranjero, titular de pasaporte diplomático o Laissez-Passer, que pretende ingresar a territorio nacional de manera temporal, en comisión designada por el Estado u organismo internacional que corresponda, así como a sus dependientes titulares de pasaporte no ordinario y podrá ser solicitada a través de los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Servicios Consulares de la Secretaría, o

 

III. Nota verbal de la embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte diplomático o Laissez-Passer;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa diplomática D3 se expide al extranjero, titular de pasaporte diplomático o Laissez-Passer, que pretende ingresar a territorio nacional de manera temporal, en tránsito o viaje privado, así como a sus dependientes titulares de pasaporte no ordinario y podrá ser solicitada a través de los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Servicios Consulares de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte diplomático o Laissez-Passer;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.