Se encuentra clasificada en tres rubros: S1, S2 y S3.

La solicitud de visa podrá ser presentada por los siguientes canales:

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado que corresponda o comunicación de la oficina de representación respectiva, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado que corresponda o comunicación de la oficina de representación respectiva, dirigida a la Dirección General de Protocolo de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado que corresponda o comunicación de la oficina de representación respectiva, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal o comunicación, según corresponda, deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa de servicio S2 se expide al extranjero, titular de pasaporte no ordinario u ordinario, que prestará servicio privado a los funcionarios de las embajadas, consulados u organismos internacionales acreditados en México, así como a los dependientes del titular de la visa S2. La solicitud de visa podrá ser presentada por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Protocolo de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia del pasaporte;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía.

 

La visa de servicio S3 se expide al extranjero, titular de pasaporte válido y vigente, que viaje como personal de servicio privado de funcionarios titulares de pasaportes no ordinarios o Laissez-Passer, en viaje temporal o en tránsito.  El Estado u organismo internacional que corresponda deberá solicitar la visa del interesado por los siguientes canales:

 

I. Nota verbal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Embajada de México residente o concurrente;

II. Nota verbal de la Embajada en México del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a la Dirección General de Servicios Consulares de la Secretaría, o

III. Nota verbal de la Embajada del Estado o del organismo internacional que corresponda, dirigida a una representación diplomática o consular de México en el exterior.

 

La nota verbal deberá acompañarse de los siguientes documentos:

 

a) Original y/o copia de pasaporte válido y vigente;

b) Original del formato de solicitud de visa, y

c) Fotografía