La libertad de expresión constituye uno de los derechos humanos reconocido en diversos instrumentos internacionales de los que México es Parte: en el ámbito de las Naciones Unidas la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en el Sistema Interamericano, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión.

A nivel interno, la Constitución Mexicana establece las garantías que tiene toda persona en cuanto a manifestar sus ideas, escribir y publicar escritos sobre cualquier materia, y dispone la obligación del Estado de proteger dichos derechos.

En reiteradas ocasiones se ha afirmado el compromiso de México por garantizar la libertad de expresión y, por consiguiente, el pluralismo que ejercen los medios de comunicación.

El respeto a la libertad de expresión y de prensa es un elemento central de las políticas públicas, que se aborda tanto en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 como en el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012. En ambos instrumentos se ratifica la determinación del gobierno federal de propiciar mejores condiciones de seguridad para el desempeño de la labor periodística, en el entendido de que la libertad de expresión es fundamental para la consolidación del Estado democrático en México.

El gobierno de México ha realizado avances significativos en materia de libertad de expresión en los ámbitos legislativo, institucional y de política exterior, entre otros:

 

Ámbito legislativo

  • El 11 de junio de 2002 se creó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Esta Ley permitió que en 2003 se creara el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) que contribuye a la consolidación del sistema democrático al conjugar dos condiciones fundamentales para su existencia: la transparencia y el acceso a la información.

 

  •  El 11 de diciembre de 2003 se estableció por acuerdo del Procurador General de la República A/118/2003, las medidas de protección para la reserva de las fuentes de información de los periodistas, así como los lineamientos generales que deben observar sus delegaciones estatales para la investigación de delitos cometidos contra ellos.

 

  • En junio de 2006 se reformó el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal con el fin de garantizar el secreto profesional de los periodistas. Asimismo, se deroga la obligación de los periodistas de declarar en procedimientos penales sobre la información que reciban y preservar su derecho a reservarse la información que consideren adecuada para el ejercicio de su profesión.

 

  • En abril de 2007, se realizaron reformas al Código Penal Federal y al Código Civil Federal para despenalizar los delitos de calumnia, difamación e injuria.

 

  • En junio de 2007 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales las reformas a diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión por considerar que no garantizaban la igualdad en el acceso a los medios de comunicación y que se favorecían las prácticas monopólicas.

 

  •  El 7 de septiembre de 2007, el Senado de la República instaló formalmente el Grupo Plural para la Revisión de la Legislación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Tras varios debates con diversos actores involucrados en el tema, el 28 de febrero de 2008 el Grupo Plural del Senado presentó el libro de avances y aportaciones para la reforma de telecomunicaciones y radiodifusión. Si bien se han aprobado diversas reformas en junio de 2009, dicha ley continúa en revisión de la Cámara de Diputados para futuras modificaciones.

 

  • En julio de 2007, entró en vigor la reforma constitucional al artículo 6 que introduce de manera explícita el derecho de acceso a la información como un derecho fundamental en México y que tiende a homogeneizar tal derecho en los tres órdenes de gobierno, con base en los principios de publicidad sujeta a excepciones por causa de interés público.

 

  • El 2 de abril de 2009 la Cámara de Diputados aprobó el  proyecto de decreto que adiciona un título vigésimo séptimo al Código Penal Federal, denominado "De los delitos cometidos contra la libertad de expresión". El objetivo principal es incluir como delitos del orden federal, los cometidos contra la libertad de expresión ejercida mediante la actividad periodística, realizados con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra dicha actividad. Establecer las sanciones por la comisión de algún delito cometido en contra de periodistas, así como definir a las personas que se dedican a esta actividad. La propuesta fue enviada a la Cámara de Senadores para que continúe su proceso legislativo.

 

Ámbito institucional

  • El 5 de julio de 2010 se estableció la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos en Contra de la Libertad de Expresión, la cual sustituye a la Fiscalía Especial para la Atención a Delitos cometidos contra Periodistas de la Procuraduría General de la República, vigente desde 2006. La Fiscalía tiene, entre otros, la facultad de dirigir, coordinar y supervisar las investigaciones y, en su caso, la persecución de los delitos cometidos en contra de quienes ejercen la actividad periodística. No sólo conocerá sobre delitos cometidos contra periodistas, sino contra todas las personas que ejerzan una labor periodística, definiendo como tal a aquella que lleve a cabo una persona física o moral que se dedique, a través de un medio de comunicación, a tareas de información o creación de opinión.

 

  • La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), a través de la Coordinación General del Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos (vigente desde 1997) atiende casos en que algún comunicador es agraviado en el desempeño de su labor por alguna autoridad.

 

  • La CNDH presentó en octubre de 2010, una Guía para implementar medidas cautelares en beneficio de periodistas y comunicadores en México solicitadas por la CNDH. La guía describe las medidas cautelares solicitadas por la CNDH, el procedimiento de instauración de dichas medidas en favor de periodistas y comunicadores, así como los elementos esenciales para su implementación.

 

  • El 3 de diciembre de 2010 se instaló oficialmente el Comité para la Implementación de Acciones de Prevención y Protección a Periodistas, el cual establece las acciones coordinadas entre autoridades federales y locales para prevenir conductas que atentan contra la libertad de expresión, y al mismo tiempo salvaguardar la seguridad de los periodistas. Asimismo, crea un Comité que tiene como facultades la de consulta y auxilio técnico a las autoridades responsables de la aplicación de medidas de prevención y protección que sean necesarias para el libre ejercicio de la labor periodística.

 

Cooperación con mecanismos internacionales de derechos humanos

  • México mantiene una política de diálogo, cooperación y plena apertura con los mecanismos internacionales de derechos humanos.

 

  • En seguimiento a esa política, y por primera ocasión, del 9 al 24 de agosto de 2010 se llevó a cabo la visita oficial conjunta de los Relatores Especiales para la libertad de expresión de la OEA y la ONU, Catalina Botero y Frank La Rue, respectivamente.  La visita de ambos Relatores ha sido especialmente útil para profundizar en la comprensión de algunos de los desafíos emergentes para la libertad de expresión, en la coyuntura que atraviesa nuestro país; así como en la implementación de mecanismos y estrategias que garanticen el ejercicio pleno de este derecho fundamental en nuestro país.

 

  • Los Relatores Especiales tuvieron oportunidad de reunirse con múltiples actores gubernamentales de muy alto nivel de los distintos poderes tanto federales como de los estados de Chihuahua, Sinaloa, Guerrero y del Distrito Federal, así como con organismos autónomos de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil, empresarios de la comunicación e integrantes del gremio periodístico.

 

  • Durante su visita, pudieron constatar las múltiples e irreversibles conquistas de la sociedad mexicana en materia de libertad de expresión, así como los retos que se enfrentan en la materia.

 

 

Cooperación con organizaciones de la sociedad civil

El gobierno de México mantiene también una estrecha relación con las organizaciones de la sociedad civil. Como una muestra del compromiso del gobierno federal con la promoción y defensa de la libertad de expresión, el 22 de septiembre de 2010, el Presidente Felipe Calderón Hinojosa recibió por segunda ocasión, al Comité para la Protección de Periodistas y a la Sociedad Interamericana de Prensa. Durante el encuentro, intercambiaron puntos de vista sobre la libertad de prensa y la integridad de los comunicadores, así como sobre las medidas instrumentadas por el Gobierno Federal en esta materia ante el fenómeno delictivo que se presenta en algunas partes de nuestro país.