El Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria encabezado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), aprobó la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SAG/FITO-2015, que establece las especificaciones que deben cumplir las personas morales para ser aprobadas como Organismos de Certificación de Semillas.

Durante la Cuarta Sesión Ordinaria, se determinó que las personas morales (empresas o asociaciones) que aspiren a integrarse y operar como Organismos de Certificación de Semillas deberán ser acreditadas y aprobadas por el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS).

El SNICS podrá realizar la verificación de las actividades de calificación de los Organismos de Certificación de Semillas, mediante auditorías internas y revisiones periódicas, con el fin de  comprobar que cumplen con los criterios establecidos en la normatividad aplicable.

Dichos organismos deben ser una instancia imparcial que tenga los instrumentos, recursos y la confiabilidad competente para operar en un sistema nacional de certificación, de conformidad con las normas correspondientes.

Lo anterior, con el objetivo de emprender programas que validen los factores y niveles de calidad en campo y laboratorio de las semillas para siembra.

La Norma Oficial Mexicana definitiva NOM-003-SAG/FITO-2015, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de diciembre de 2015 y entrará en vigor entrará en vigor en un lapso posterior de 60 días.