Cualquier persona, horticultor, profesional, agricultor, institución o empresa que realiza mejoramiento genético, que genere una nueva variedad vegetal de cualquier género y especie, puede solicitar la emisión de un Título de Obtentor. El proceso inicia con una solicitud al SNICS y se debe demostrar que es una variedad Nueva, Distinta, Homogénea y Estable genéticamente. El Título de Obtentor brinda un reconocimiento como innovador y el derecho de aprovechar comercialmente, de forma exclusiva, la variedad por 18 años para especies perenes y por 15 años para otras especies (https://www.gob.mx/snics/acciones-y-programas/gaceta-oficial-de-los-derechos-de-obtentor-239449). Es importante aclarar que las nuevas variedades vegetales no se patentan en México y mucho menos las variedades nativas de los cultivos de los que México es centro de origen o de diversidad.
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¿Quién puede llegar a ser dueño de variedades (semillas)?
El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas contribuye a fomentar el registro de variedades vegetales a través de la solicitud de Título de obtentor.
Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas | 17 de junio de 2020
Amaranto y garbanzo
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