La Ley Federal de Variedades Vegetales establece los derechos y obligaciones de los obtentores que logran un Título de Obtentor de una nueva variedad, que son:
Derechos:
- Ser reconocido como obtentor de una variedad vegetal y,
- Exclusividad para aprovechar y explotar una variedad vegetal por un tiempo determinado, que depende de la especie.
Obligaciones:
- Mantener la vigencia de sus derechos mediante el pago de refrendos anuales,
- Conservar las características de la variedad vegetal y,
- Utilizar siempre la denominación(nombre) aprobada.
El incumplir de las obligaciones conlleva a la pérdida de los derechos que les confiere la Ley, por lo que se recomienda “pagar los refrendos”.
Para mayor información consulta Ley Federal de Variedades Vegetales