Las variedades vegetales son el resultado de la innovación que se realiza para alcanzar mejores condiciones de adaptación, mayores tolerancias a plagas y enfermedades. Por tanto, constituyen una forma de incrementar la producción ante una creciente demanda de alimentos.

Actualmente, en materia de protección de variedades vegetales, México se encuentra adherido al convenio de la UPOV de 1978 (Acta UPOV 1978) y regulado por lo estipulado en la Ley Federal de Variedades Vegetales (LFVV). Con base en esto, el derecho de obtentor tiene una vigencia de 15 y 18 años dependiendo de la especie.  

Sin embargo, México ha manifestado su interés de adherirse al Acta UPOV de 1991, con la finalidad de actualizar su sistema legal y tener mayores beneficios para incentivar la generación y transferencia de nuevas tecnologías. Para esto,  se requiere armonizar la Ley vigente en tres puntos esenciales:

  1. Ampliación de la vigencia del derecho de exclusividad a 20 o 25 años según la especie;
  2. Alcance de la materia protegida: material de propagación y producto de la cosecha;
  3. Incorporación del concepto de variedad esencialmente derivada.