En la Ley Federal de Variedades Vegetales, un obtentor se define como una persona física o moral que mediante un proceso de mejoramiento haya obtenido y desarrollado, una variedad vegetal de cualquier género y especie.

El proceso de mejoramiento que realiza el obtentor, consiste en aplicar técnicas o un conjunto de ellas y procedimientos para desarrollar una variedad vegetal, la cual es sujeta a protección por ser nueva, distinta, estable y homogénea.

Al obtentor se le otorgan derechos de propiedad intelectual como reconocimiento al esfuerzo y trabajo realizado con su variedad, ya que ello implicó tiempo e inversión de recursos materiales, humanos y económicos.

Es importante mencionar que en el Convenio de la UPOV  y en la legislación mexicana no existen restricciones respecto a quién puede ser un obtentor, ya que cualquier persona puede serlo, por ejemplo, un horticultor aficionado, un agricultor, un científico, una institución dedicada a investigación o una empresa privada especializada en fitomejoramiento. El proceso de mejoramiento puede ser desde el más básico, hasta los procedimientos técnicos avanzados, como los utilizados en la ingeniería genética.