La Ley Federal de Variedades Vegetales dice que no se requiere del consentimiento del obtentor de una variedad vegetal para utilizarla:

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Los ejemplos constituyen actos realizados en un marco privado y sin fines comerciales, los cuales quedan dentro de las excepciones de obtentor. De esta manera, los agricultores se benefician libremente de la disponibilidad de las nuevas variedades

El objetivo de la protección de variedades vegetales es alentar el desarrollo de nuevas variedades vegetales, en beneficio de la sociedad. Por lo tanto, el Convenio de la UPOV exige que el privilegio del obtentor se regule "dentro de límites razonables y a reserva de la salvaguardia de los intereses legítimos del obtentor". Si al introducir el privilegio del obtentor no se diera un incentivo para que los obtentores crearan nuevas variedades, la sociedad no se beneficiaría con el sistema.