La Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales

La UPOV es una organización intergubernamental con sede en Ginebra Suiza, cuenta con 76 miembros (74 Estados y dos organizaciones intergubernamentales), la mayoría de los países que tiene un sistema de protección de variedades vegetales se basan en el convenio de la UPOV, con la finalidad de proporcionar un sistema eficaz y reconocido a nivel internacional.

El constante aumento de la población hace necesario encontrar medios para aumentar la producción de alimentos, uno de estos medios es la generación de variedades vegetales para la obtención de plantas con mayor rendimiento y resistencia a plagas y enfermedades. Cuando una nueva variedad vegetal es aprovechada de manera amplia por sus beneficios esta puede ser reproducida por otro y el obtentor original difícilmente recuperara la inversión que realizo al obtener la variedad, por lo que es imprescindible proporcionar un sistema de protección de variedades vegetales donde tanto el obtentor como la sociedad sean beneficiados.

Los requisitos para que una variedad pueda ser susceptible de protección son: cumplir con los criterios de novedad, Distinción, Homogeneidad y estabilidad (Examen DHE) y ser designada con una denominación adecuada.

Modo de solicitar un derecho de obtentor

El Convenio de la UPOV instituye un marco jurídico internacional para la protección de las obtenciones vegetales, una ventaja de pertenecer a la UPOV es la posibilidad de presentar solicitudes en cualquier miembro de la UPOV obteniendo el mismo trato que los nacionales miembros de la UPOV.

Evaluación de la Distinción, Homogeneidad y Estabilidad (DHE)

De acuerdo con el convenio de la UPOV se concede protección a una nueva variedad vegetal cuando su evaluación ha mostrado que se cumplen los requisitos del examen de DHE.  Para el examen de DHE se realiza un ensayo de cultivo que consiste en el cultivo de la variedad a manera de que se asegure la expresión de sus caracteres pertinentes.

La UPOV ha redactado directrices que permiten realizar el examen de DHE y se encuentran en una serie de documentos denominados “Directrices para la ejecución del examen de la distinción, homogeneidad y la estabilidad” para las especies cultivadas, las cuales pueden ser consultadas en su página de internet.

Alcance del derecho de obtentor, actos y material amparados por la protección  

El derecho de obtentor es un derecho a prohibir a otros realizar actos relacionados con el material de reproducción o multiplicación de la variedad protegida, el obtentor puede optar por explotar por sí mismo su variedad, así como conceder a terceros licencia para explotarla.

La duración de la protección para árboles y vides es de 18 años y para otros vegetales son 15 años. Se otorga protección provisional durante el periodo que transcurre entre la presentación de la solicitud y la concesión del derecho de obtentor.

Excepciones y limitaciones del derecho de obtentor

En las excepciones obligatorias se encuentran los actos realizados en un marco privado con fines no comerciales, actos realizados a título experimental y actos realizados con la finalidad de crear nuevas variedades, las nuevas variedades obtenidas pueden ser explotadas comercialmente sin autorización del titular de la variedad protegida utilizada para crear nuevas variedades excepto las variedades que no se distinguen claramente de la variedad protegida y las variedades cuya producción necesita el uso repetido de la variedad protegida.