Conozcamos la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) - PDF. Puede dividirse en tres grandes rubros:
Primero: Se reconoce a las niñas, niños y adolescentes como titulares de un amplio catálogo enunciativo de derechos. Entre ellos destaca el derecho a la igualdad sustantiva: todas y todos deben gozar del mismo trato, derechos y oportunidades; en consecuencia, se fortalecen también las medidas de protección a quienes viven con alguna discapacidad.
El derecho a la salud gratuita y de calidad, que incluye de manera destacada el acceso a asesorías y orientación sobre salud sexual y reproductiva. El derecho a la educación de calidad, en congruencia con la Reforma Constitucional en esta materia y que garantice su pleno desarrollo.
El derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación; se reconoce el uso de la banda ancha e internet como instrumentos necesarios para que niñas, niños y jóvenes interactúen con éxito en el siglo XXI.
También incluye el derecho a la participación. La voz y las ideas de niñas, niños y adolescentes en México deben ser escuchadas y tomadas en consideración, respecto a asuntos que sean de su interés, conforme a su edad y desarrollo.
Además, se amplían los derechos de quienes son migrantes, para brindar una mayor protección y asegurar su integridad; corresponde al DIF Nacional y a los estatales, su alojamiento mientras se determine su condición migratoria.
Segundo: Sería insuficiente solamente enunciar derechos inherentes de niñas, niños y adolescentes y no fortalecer a las instituciones del Estado mexicano para que estén en aptitud y en capacidad de hacer realidad estos derechos.
Prevé la transición hacia un Sistema Nacional de Protección Integral, que encabezada el propio Titular del Ejecutivo Federal y que cuenta con representación de la sociedad civil; la Secretaría Ejecutiva de este sistema es un órgano desconcentrado en la Secretaría de Gobernación, responsable de la coordinación operativa. A efecto de garantizar la protección integral coordinada de los derechos, en cada entidad federativa y municipio se instala un Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Se crean a nivel federal y estatal, Procuradurías de Protección que coordinan el trabajo conjunto de las autoridades para asegurar el respeto y cumplimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Se regulan los Centros de Asistencia Social, con el objetivo de garantizar las mejores condiciones de integridad, seguridad y bienestar para quienes ahí se atienden.
Tercero: La colaboración y coordinación entre órdenes de Gobierno y organismos autónomos. La ley incorpora un capítulo específico que distribuye competencias entre la Federación, estados y municipios. En esta materia, se obliga a los tres órdenes de Gobierno a que incorporen en sus proyectos de presupuesto la asignación de recursos para dar cumplimiento a esta legislación.
Destaca la facultad otorgada al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) para evaluar la pertinencia de la política de desarrollo social en materia de derechos de las niñas, niños y adolescentes contribuyendo a que las acciones y esfuerzos gubernamentales tengan un enfoque estratégico en las áreas de mayor prioridad.
Igualmente se obliga a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a las Comisiones estatales a contar con áreas especializadas para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.