De acuerdo con la Subsecretaría de Egresos de la dependencia, dicho movimiento se realizó conforme se ha hecho en años anteriores, con fundamento en una serie de leyes y reglamentos, como la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos y el Reglamento Interior de la SHCP.

Las autoridades de la SHCP consideran relevante establecer que la actualización de los tabuladores fue aprobado por el Congreso para el ejercicio del 2018. La Cámara de Diputados aprobó en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (DPEF) para el ejercicio fiscal 2018, que los incrementos salariales para los servidores públicos se sujeten a los recursos aprobados en los Anexos 7 y 25 del Decreto y tienen como objetivo exclusivamente mantener el poder adquisitivo respecto a 2017. 

Para efectos de ley, las dependencias y entidades solicitan autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respecto de sus tabuladores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Base V del artículo 127 de la Constitución, en la que se señala que las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos. (Art. 19, fracción I del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2018).

Finalmente, el oficio que comunica a las dependencias la actualización de los tabuladores de los servidores públicos, se ha enviado cada año, como se detalla a continuación:

  • Oficio 307-A-1665 con fecha del 13 de junio de 2018, Tabulador de sueldos y salarios brutos del Presidente de la República y de los servidores públicos de mando y enlace de las dependencias y sus equivalentes en las entidades, y el Catálogo general de puestos y Tabulador de sueldos y salarios brutos de la Administración Pública Centralizada, niveles de transición con sus reglas de operación.
  • Oficio 307-A-3135 con fecha del 4 de septiembre de 2017, Actualización del Tabulador de sueldos y salarios brutos del Presidente de la República, los servidores públicos de mando y enlace de las dependencias y sus equivalentes en las entidades, el Catálogo general de puestos y Tabulador de sueldos y salarios brutos de la Administración Pública Centralizada, niveles de transición, correspondientes a los anexos 3A y 3D del Manual de percepciones 2017.
  • Oficio 307-A-1949 con fecha del 17 de junio de 2016, Disposiciones específicas para la aplicación del Tabulador de sueldos y salarios a que se refiere el anexo 3A del Manual de Percepciones 2016.

De esta manera, las autoridades hacendarias consideran que existe un marco normativo claro sobre el tema, y que la actualización de los tabuladores se hizo conforme a lo estipulado por las leyes y reglamentos, dándose a conocer por los canales institucionales a todas las áreas del gobierno federal y considerando el impacto en el Presupuesto de Egresos 2018 que aprobó el Congreso de la Unión.