• Los valores de las variables garantizan que el Estado recibirá una participación adecuada de la renta petrolera de conformidad con la práctica internacional

 

El pasado 7 de marzo se dio a conocer la convocatoria CNH-A2-AYIN-BATSIL-C1/2017 para seleccionar a los socios con quienes Petróleos Mexicanos, a través de su empresa productiva subsidiaria Pemex Exploración y Producción, llevará a cabo actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en las asignaciones correspondientes a Ayín-Batsil, ubicadas en aguas someras del Golfo de México, bajo la modalidad contractual de producción compartida.

Asimismo, el pasado 2 de mayo se dieron a conocer las convocatorias CNH-A3-CÁRDENAS MORA-C2/2017 y CNH-A4-OGARRIO-C3/2017 para seleccionar a los socios con quienes Petróleos Mexicanos, a través de la empresa productiva subsidiaria Pemex Exploración y Producción, llevará a cabo actividades de extracción de hidrocarburos en las asignaciones terrestres correspondientes a Cárdenas-Mora y Ogarrio, bajo la modalidad contractual de licencia.

Al respecto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; 9 de su Reglamento y el numeral 17.1 de las bases de la licitación correspondientes a las tres convocatorias antes referidas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informa que ha establecido los valores mínimos y máximos para las variables de adjudicación.

En el caso del contrato de producción compartida correspondiente a Ayín-Batsil el mecanismo de adjudicación establecido prevé lo siguiente:

  1. El licitante ganador estará obligado a un acarreo mínimo a favor de Petróleos Mexicanos, con el objeto de reconocer las inversiones realizadas por la Empresa Productiva del Estado previo a la migración.
  2. La primera variable de adjudicación corresponderá al porcentaje de participación del Estado en la utilidad operativa.
  3. En caso de empate entre dos o más licitantes, la segunda variable de adjudicación para seleccionar al ganador será un monto en efectivo. Dicho monto se distribuirá entre el Gobierno (a través del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo) y Petróleos Mexicanos (como acarreo adicional a favor de Empresa Productiva del Estado) en las proporciones descritas aquí, que serán establecidas como parte de las bases de la licitación. En caso de que la oferta de monto en efectivo sea la misma, el ganador será seleccionado por el método de insaculación.

En el caso de los contratos de licencia correspondientes a Cárdenas-Mora y Ogarrio, el mecanismo de adjudicación establecido prevé lo siguiente:

  1. El licitante ganador estará obligado a realizar un pago inicial en favor de Petróleos Mexicanos con el objeto de reconocer las inversiones realizadas por la Empresa Productiva del Estado previo a la migración.
  2. La primera variable de adjudicación corresponderá al porcentaje de regalía adicional.
  3. En caso de empate entre dos o más licitantes, la segunda variable de adjudicación para seleccionar al ganador será un monto en efectivo. Dicho monto se distribuirá entre el Gobierno (a través del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo) y Petróleos Mexicanos (como pago adicional) en las proporciones descritas en este comunicado, que serán establecidas como parte de las bases de la licitación. En caso de que la oferta de monto en efectivo sea la misma el ganador será seleccionado por el método de insaculación.

Por otro lado, las condiciones económicas de los distintos procesos de licitación, en conjunto con los demás instrumentos contractuales e impositivos, como el impuesto sobre la renta y las regalías básicas, impulsarán el desarrollo óptimo de largo plazo de los proyectos. Asimismo, el Estado garantiza la adecuada captura de la renta petrolera determinada a través de la competencia en la licitación. No se omite mencionar que todos los contratos contemplan la aplicación de un mecanismo de ajuste que garantiza que el Estado capturará la renta extraordinaria asociada a incrementos significativos en precios, eficiencias en costos, o volúmenes de producción mayores a los esperados, según corresponda.

Respecto de la variable de adjudicación, los valores mínimos y máximos determinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondientes a las tres migraciones con socio referidas son los siguientes:

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En caso de que apliquen, las ofertas de monto en efectivo se distribuirán conforme a lo siguiente:

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En todos los casos en los que un licitante ofrezca el valor máximo de porcentaje de participación del Estado o regalía adicional, según corresponda, el monto en efectivo arriba referido se integrará como parte de su propuesta económica, aun cuando no se presente un empate en la licitación.

Los valores establecidos promoverán la inversión productiva para el desarrollo óptimo de los proyectos asociados con la migración de las asignaciones, con la finalidad de que el Estado pueda obtener ingresos que contribuirán al desarrollo de largo plazo de la Nación, al tiempo de seguir promoviendo el desarrollo de las alianzas de Petróleos Mexicanos a través de su empresa productiva subsidiaria.

Considerando todos los elementos económicos incluidos en el marco contractual y tributario, el Estado se asegura de recibir una proporción de las utilidades totales de los proyectos acorde con la práctica internacional para el desarrollo de campos en aguas someras y campos maduros terrestres.

Mayor información relativa a la licitación se encuentra disponible en la página http://rondasmexico.gob.mx/