• El Paquete Económico 2021 no contempla ningún aumento ni creación de nuevos impuestos, en su caso, únicamente se harán ajustes por inflación.
  • Las cuotas de derechos anuales existentes de espectro radioeléctrico sólo se ajustarán por inflación.
  • La reforma no modifica las tarifas de servicios de telefonía móvil a los consumidores.
    La incorporación de cuotas para las bandas de 600, 1400 y 3500 MHz fue propuesta del IFT debido a que son bandas nuevas próximas por licitarse, pero se dará un período de tolerancia de 3 años para que las empresas empiecen a pagar estos derechos.
  • Finalmente, en materia de economía digital, el programa de simplificación administrativa para plataformas digitales no representa carga fiscal nueva o adicional.

Respecto a la pregunta del día de hoy, en la conferencia de prensa matutina del presidente, referente a cómo afectaría en la economía familiar y empresarial un supuesto aumento en las tarifas de internet, telefonía móvil y plataformas digitales, correspondiente a la Miscelánea Fiscal 2021, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informa lo siguiente.

El 20 de octubre de 2020, fue aprobada por la Cámara de Diputados, la Reforma a la Ley Federal de Derechos (LFD) que forma parte del Paquete Económico 2021. En la propuesta del Ejecutivo Federal, se incluyó una iniciativa en relación con las cuotas de derechos por el uso del espectro radioeléctrico, cuya discusión y aprobación, por la Cámara de Diputados, sólo consideró un ajuste por inflación. Esta actualización implica que los derechos actuales ajustarán sus cuotas por inflación estimada en 3.5%, lo que se aplica a todas las demás cuotas de la LFD, cuidando que no se incremente la carga fiscal en que incurren las empresas con el fin de evitar la necesidad de incrementar sus tarifas a los usuarios finales.

Por otro lado, a sugerencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), se incluyeron cuotas para las nuevas bandas que serán licitadas en los próximos años. Las cuotas aprobadas son las más bajas de la LFD y están por debajo del promedio de las referencias internacionales que el Instituto considera, además no se pagarán en 2021, sino 3 años después a partir de que se liciten. La relevancia de introducirlas se debe a que, por ley, no puede haber un bien de la nación que se use y que no esté gravado con derechos.

Es importante señalar que el valor total del espectro comprende dos componentes: un pago inicial, el cual se determina en la licitación promovida por el IFT, y los pagos anuales por concepto de derechos durante la vigencia de la concesión. Debido a la poca competencia de empresas en el mercado que prestan el servicio de telefonía móvil, el pago determinado en las subastas ha resultado por debajo de lo esperado, lo que provoca que no se recupere el costo del bien de la nación, y se busca sea compensado con cuotas de derechos justas.

Finalmente, en materia de economía digital hay que recordar que el Programa de Simplificación Administrativa, que entró en vigor el pasado 1 de junio, no representa carga fiscal nueva o adicional. Este año, en el Paquete Económico 2021, sólo se propusieron ajustes menores que buscan dotar de mayor simplificación al esquema que aplica para las plataformas de intermediación y que están obligadas a hacer la retención de impuestos locales como el ISR y el IVA.