• El día de ayer la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) notificó a Banco Bicentenario, S.A., Institución de Banca Múltiple (Banco Bicentenario) la revocación de su autorización para operar como Institución de Banca Múltiple, toda vez que su índice de capitalización (ICAP) a junio se ubicó en 2.98%. Lo anterior es una causal de revocación para operar como institución de banca múltiple conforme a la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).
  • La aplicación oportuna de las disposiciones establecidas por la Reforma Financiera ha permitido un proceso de revocación y un inicio de liquidación ordenado para Banco Bicentenario.
  • A partir del primer minuto del día de hoy, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), conforme a lo acordado por su Junta de Gobierno en términos de las disposiciones aplicables, tomará control del proceso de liquidación, fungiendo como liquidador de Banco Bicentenario y estará encargado de realizar el pago de las obligaciones garantizadas de los depositantes de dicha institución, de conformidad con lo previsto en la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB) y en la LIC.
  • Al cierre de junio de 2014, Banco Bicentenario presentó activos por $1,020 millones de pesos (mdp), pasivos por $909 mdp, capital contable por $111 mdp; con un total de 670 depositantes en 4 sucursales.
  • Por su tamaño, representando tan solo el 0.015% de los activos del sistema, la liquidación del Banco Bicentenario no tiene un efecto sobre el resto del sistema financiero. La banca mexicana se mantiene bien capitalizada y fuerte.
  • En todo momento, las autoridades financieras han actuado oportuna y coordinadamente y seguirán actuando con diligencia y con apego a la Ley vigente hasta dar por concluida la liquidación de Banco Bicentenario.

Se informa que las autoridades financieras han llevado a cabo las actuaciones que les corresponde conforme a sus facultades, a efecto de revocar la autorización para operar como Institución de Banca Múltiple otorgada a Banco Bicentenario, detonando así el proceso de liquidación bancaria.

El proceso de liquidación bancaria previsto en ley provee un mecanismo de protección financiera que promueve la transparencia, da certeza, permite salvaguardar los intereses del público ahorrador y asegura la estabilidad del sistema.

Las autoridades han actuado de manera expedita, oportuna y apegada al procedimiento que establece la Ley, para generar seguridad a las partes involucradas, y en específico de los ahorradores.

La CNBV inició una visita de supervisión e inspección especial a Banco Bicentenario, a partir del 14 de mayo de 2014, la cual fue la segunda desde su inicio de operaciones.

El 20 de mayo de 2014 se conformó un grupo de trabajo interinstitucional integrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la CNBV, el IPAB, y el Banco de México, a efecto de dar permanente seguimiento a la situación financiera y de riesgos de Banco Bicentenario.

Posteriormente, habiendo verificado mediante el procedimiento de cálculo establecido al efecto por las disposiciones aplicables, la CNBV informó: (i) que el ICAP de abril de 2014 de Banco Bicentenario ascendía a 7.89% y (ii) que el correspondiente al mes de mayo del mismo año, equivalía a 9.99%.  Con motivo de lo anterior, dicha institución, al cierre de mayo del mismo año, fue clasificada en categoría II de Alertas Tempranas, y por ello la CNBV notificó al propio banco sobre la imposición de las medidas regulatorias acordes a dicha situación. Esta información fue publicada en el Boletín de Alertas Tempranas en el sitio http://www.cnbv.gob.mx el pasado 20 de junio de 2014.

Pese a las observaciones formuladas por las autoridades, Banco Bicentenario continuó presentando un deterioro en la calidad de su cartera de crédito y al cierre de junio de 2014, dicha institución de banca múltiple presentó un ICAP de 2.98%, lo cual la ubicaba en la categoría V de Alertas Tempranas.

En términos de la LIC, esta situación es causal de revocación de la autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple.

Banco Bicentenario a lo largo de su operación incumplió con las proyecciones presentadas en su plan de negocios, con lo que generó pérdidas operativas constantes y a su vez provocó erosión en su capital y por ende la necesidad de aportación de más capital.

Durante las últimas semanas Banco Bicentenario llevó a cabo, entre otros ajustes contables, un incremento en sus estimaciones preventivas para riesgos crediticios, a fin de reconocer la situación de su cartera de crédito.

El incumplimiento del programa de capitalización aprobado por la Asamblea de Accionistas del banco, aunado a los problemas prevalecientes, así como los ajustes contables y la creación de estimaciones preventivas para riesgos crediticios correspondientes, fueron los detonantes para la reducción en su ICAP y finalmente para su revocación.

A partir de hoy, el IPAB actúa como liquidador de Banco Bicentenario y realizará el pago de las obligaciones garantizadas de los depositantes de dicha institución, de conformidad con lo previsto en la LPAB y en la LIC.

La liquidación bancaria de ninguna manera supone un rescate financiero a una institución privada, es un proceso claramente definido por la Ley, el cual se lleva a cabo mediante la participación de las autoridades financieras, asignando un nivel de prelación en el pago a cada uno de los implicados y en el cual el ahorrador ocupa el primer lugar, por encima de otros acreedores y accionistas.

Los ahorradores de Banco Bicentenario pueden tener la certeza y confianza de que sus depósitos están protegidos en términos de la ley.

En este sentido, la Junta de Gobierno del IPAB determinó llevar a cabo el pago de obligaciones garantizadas (depósitos garantizados) de Banco Bicentenario de conformidad con la normatividad aplicable.  El IPAB inició el día de hoy el pago a los ahorradores de los depósitos garantizados.

Se consideran como obligaciones garantizadas, con las salvedades de ley, entre otras, las operaciones siguientes: depósitos a la vista, como cuentas de cheques; depósitos en cuentas de ahorro; depósitos a plazo o retirables con previo aviso, como los certificados de depósito; depósitos retirables en días preestablecidos, y depósitos en cuenta corriente asociados a tarjetas de débito.

El Seguro de Depósitos ofrecido por el IPAB es una protección a favor de los ahorradores que se otorga de forma automática, gratuita y sin necesidad de realizar trámite alguno. El monto máximo del Seguro de Depósitos establecido en la LPAB asciende a 400,000 Unidades de Inversión (UDIS), equivalentes a $2,054,181.20 de pesos de acuerdo al valor de la UDI al día de hoy.

La liquidación de Banco Bicentenario no afecta la estabilidad y solvencia del sistema financiero mexicano, debido a la mínima interacción y peso específico de esta institución con el conjunto de las instituciones de banca múltiple. Asimismo, el resto de las instituciones en operación se encuentran sólidamente capitalizadas y por encima del mínimo regulatorio, como ha sido informado de manera periódica por la CNBV.