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Determinación de la Tasa Social de Descuento aplicable a programas y proyectos de inversión

A continuación, se presentan los oficios en los cuáles informa el valor de la tasa social de descuento (TSD) aplicable para los programas y proyectos de inversión.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 30 de octubre de 2015

 

 

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 31 de los Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión, publicados el 30 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, en el cual se indica que la Unidad de Inversiones determina la tasa social de descuento (TSD) que se deberá utilizar en la evaluación socioeconómica de programas y proyectos de inversión, la citada Unidad realiza periódicamente estudios a fin de revisar la TSD, y con los resultados, determinar si continua la aplicación de la misma TSD o bien, se modifica. Asimismo, lo hace del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

 

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