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Reporte anual por el que se establece los rangos de valores de los términos económicos para la exploración y extracción de hidrocarburos

Reporte anual por el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establece los rangos de valores de los términos económicos que considerará incluir en las bases de licitación de los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos para el año 2016

Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 15 de enero de 2016

C O N S I D E R A N D O

I.            Que, con base en lo dispuesto por los artículos 24 y 30 de la Ley de Hidrocarburos, 35 y 36 del Reglamento de la Ley de Hidrocarburos, 26 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, así como 5 y 6 del Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, las bases del procedimiento de licitación y adjudicación de los contratos para la exploración y extracción que se pongan a disposición de los interesados deberán sujetarse a las condiciones económicas relativas a los términos fiscales que para cada caso emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

II.            Que, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, la SHCP debe publicar dentro de los primeros quince días naturales de cada año, un reporte en el que establezca los rangos de valores de los términos económicos que considerará para incluir en las bases de licitación de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos del año correspondiente. 

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