Ciudad de México, a 23 de octubre de 2020.

  • La titular de la Secretaría de la Función Pública celebra la emisión de la jurisprudencia en el Semanario Judicial de la Federación.
  • Es resultado de una contradicción de tesis que la secretaria Sandoval Ballesteros interpuso en marzo pasado ante la Suprema Corte.
  • Entra en vigor el lunes 26 de octubre y será aplicable en todos los tribunales del país.

La secretaria Irma Eréndira Sandoval Ballesteros celebró la publicación de la jurisprudencia que consolida las herramientas legales con las que cuenta la Función Pública para cumplir la encomienda de erradicar la corrupción, que es uno de los compromisos del Gobierno de México.

Este viernes 23 de octubre, el Semanario Judicial de la Federación publicó la jurisprudencia 2a/J. 47/2020, que resultó de la contradicción de tesis presentada por la secretaria Sandoval Ballesteros en marzo pasado con la finalidad de dar certeza a los procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados contra servidores públicos como parte de la lucha contra la impunidad.

Sandoval Ballesteros, en su carácter de titular de la Secretaría de la Función Pública, con fundamento en el artículo 107 constitucional, denunció la existencia de una contradicción de tesis entre los criterios sustentados por el Pleno en Materia Administrativa y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

Lo anterior, debido a que no quedaba claro si la facultad de sanción administrativa en los casos de corrupción ocurridos antes de 2017, pero investigados después de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, correspondía a la Función Pública o al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

La secretaria Sandoval Ballesteros adoptó un criterio administrativo que defendió en todas las instancias, incluso acudiendo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La jurisprudencia publicada hoy confirma que se pueden sancionar las faltas graves que hayan cometido servidores públicos antes del 19 de julio de 2017, bajo las reglas procedimentales de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Antes de la resolución de la contradicción de tesis presentada por la secretaria Sandoval Ballesteros existía incertidumbre jurídica en la aplicación de las leyes, tanto en el ámbito procesal como en el sustantivo, lo que generó una variedad de criterios que retrasaba la determinación de las sanciones por las irregularidades cometidas antes del mes de julio de 2017.

La jurisprudencia es aplicable en todo el país para todos los tribunales, y entrará en vigor el lunes 26 de octubre de 2020.

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