Programa para el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal 2013-2018

Servicio Profesional de Carrera

Secretaría de la Función Pública | 22 de enero de 2016

VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracción XVIII bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 64, 68, 69, fracciones I, V y XV, de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 3, 86 de su Reglamento, y 1, 3, 6, fracción I, y 7 QUATER del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y 

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013 - 2018, prevé como parte de la Estrategia Transversal “Gobierno Cercano y Moderno” la necesidad de contar con un gobierno eficiente con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño, por lo que en la Estrategia 1.4.3. de la Meta Nacional “México en Paz”, se incluye la Línea de Acción “Desarrollar criterios de selección y evaluación del desempeño y competencias profesionales”;

Que la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, establece en sus artículos 64 y 68 que la Secretaría de la Función Pública, con el apoyo de las dependencias de la Administración Pública Federal, establecerá mecanismos de evaluación sobre la operación del Servicio Profesional de Carrera, a efecto de contar con elementos suficientes para su adecuado perfeccionamiento, y que se encargará de dirigir, coordinar, dar seguimiento y evaluar el funcionamiento del Sistema y vigilará que sus principios rectores sean aplicados debidamente.

Que el “Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal”, publicado el 10 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, señala en su Artículo Séptimo, fracción VII, la necesidad de revisar y mejorar el funcionamiento del Sistema del Servicio Profesional de Carrera; 

Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 86 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, la Secretaría de la Función Pública coordinó con las dependencias del Gobierno Federal, la elaboración del Programa para el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el cual fue sometido a la aprobación del Consejo Consultivo del Sistema y a la consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Que a fin de fortalecer y consolidar el Servicio Profesional de Carrera en las dependencias y sus órganos administrativos desconcentrados en las que opera el Sistema, así como propiciar mejoras en los procedimientos de los subsistemas de planeación de recursos humanos, de ingreso, de desarrollo profesional, de capacitación y certificación de capacidades, de evaluación de desempeño, de separación y, de control y evaluación, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTICULO ÚNICO.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer el Programa para el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal 2013 - 2018, a fin de que sea observado por las dependencias y órganos administrativos desconcentrados en que opera el Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada. 

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 SEGUNDO.- El Programa para el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal 2013 – 2018, deberá armonizarse en caso de reformas o modificaciones de la normatividad aplicable a este instrumento.

 

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