Con motivo de la aprobación de los nuevos formatos de presentación de declaraciones patrimoniales y de intereses por parte del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, y el acuerdo publicado el 24 de diciembre de 2019, en el que se determina que a partir del 1 de enero de 2020, serán operables los mencionados formatos en el ámbito federal, la Secretaría de la Función Pública establece los mecanismos necesarios para afrontar el gran reto que significa que todas las personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal, conozcan el nuevo sistema para la presentación de sus declaraciones patrimoniales y de intereses que les correspondan.

Consulta la Guía Rápida de DeclaraNet 2020 AQUÍ

¿QUIÉNES SON SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES?

De acuerdo con lo que señala el último párrafo del artículo 108 Constitucional, así como a lo indicado en la fracción XXV, del artículo 3º, y artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo Órgano Interno de Control, todas las personas servidoras públicas, es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo cargo o comisión dentro de la Administración Pública ya sea en el orden municipal, de alcaldía, estatal y federal, así como dentro de los poderes Legislativo, Judicial y Organismos Autónomos, para lo cual, cada uno de dichos entes cuenta con sus propios sistemas de recepción de declaraciones patrimoniales y de intereses.

¿CÓMO SE PRESENTA LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES?

A través del sitio DeclaraNet, que administra la Secretaría de la Función Pública.

¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL QUE EXISTEN Y CUÁNDO DEBE HACERSE SU PRESENTACIÓN?

De acuerdo a lo señalado en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas son los siguientes:

  • Inicial: Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:

a) Ingreso al servicio público por primera vez.

b) Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo.

  • Modificación patrimonial: Se presenta durante el mes de mayo de cada año.
  • Conclusión: Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión.
  • Aviso por cambio de dependencia. Para el caso en que la persona servidora pública tenga un cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se da aviso de dicho cambio, por lo que no será necesario presentar su declaración de conclusión.

¿CUÁNDO DEBE PRESENTARSE LA DECLARACIÓN DE INTERESES?

De conformidad con el artículo 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas:

La declaración de intereses deberá presentarse en los plazos a que se refiere el artículo 33 de la Ley y de la misma manera le serán aplicables los procedimientos establecidos en dicho artículo para el incumplimiento de tales plazos.

También deberá presentarse la declaración en cualquier momento en que el servidor público, en el ejercicio de sus funciones, considere que se puede actualizar un posible conflicto de intereses, para lo cual estará habilitada una casilla para llevar a cabo la mencionada actualización a través del sistema.

¿QUÉ TIPO DE DOCUMENTACIÓN DEBO TENER A LA VISTA PARA EL LLENADO DE MI DECLARACIÓN?

  1. Clave Única de Registro de Población (CURP) emitida por la Secretaría de Gobernación.
  2. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  3. Acta de matrimonio.
  4. Comprobante de domicilio.
  5. Currículo vite.
  6. Recibo de nómina y/o declaración fiscal.
  7. Escrituras públicas y/o contratos de bienes inmuebles.
  8. Factura de vehículos y bienes muebles.
  9. Contratos y estados de cuenta bancarios.
  10. Contratos y estados de cuenta de gravámenes y adeudos.
  11. Comprobante de percepción de sueldo o de otro tipo de ingreso.
  12. Actas constitutivas de sociedades y asociaciones.
  13.  Cualquier otro documento necesario para las Declaraciones.

¿QUÉ NECESITO PARA FIRMAR MI DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES PARA ENVIARLA POR EL SISTEMA?

Contar con la Firma Electrónica, emitida por el Servicio de Administración tributaria (SAT). Si aún no cuenta con ella o ya no está vigente, acuda con previa cita a cualquier módulo del SAT.

También podrá firmar su declaración a través del uso de su Clave Única de Registro de Población y la contraseña con la que ingresa al sistema DeclaraNet.

¿SI SOY SERVIDOR PÚBLICO QUE NO SE DESEMPEÑA COMO JEFE DE DEPARTAMENTO U HOMÓLOGO, TENGO QUE PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL?

Si, en el caso de que se desempeñe con un nivel menor a Jefe de Departamento u homólogo, deberá presentar su declaración patrimonial y de intereses, reportando los siguientes rubros:

1.     Datos Generales.

2.     Domicilio del Declarante.

3.     Datos Curriculares.

4.     Datos del empleo, cargo o comisión.

5.     Experiencia laboral.

6.     Ingresos netos del Declarante.

7.  ¿Te desempeñaste como servidor público el año inmediato anterior? (sólo en la declaración de inicio y conclusión).

¿DÓNDE PUEDO CONSULTAR LAS NORMAS E INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO Y PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES PATRIMONIALES Y DE INTERESES?

El Formato, Normas e Instructivo de su llenado se encuentran publicadas en el Diario Oficial de la Federación del día 23 de septiembre de 2019, en la liga electrónica: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5573194&fecha=23/09/2019

 

Consulta aquí los materiales de difusión de la campaña de la Jornada de Declaración Patrimonial y Conflicto de Intereses 2020 (actualización: 23 de abril de 2020).

 

/cms/uploads/image/file/576278/Logo_YouTube.jpg Ve aquí el Tutorial para servidores (as) públicos con cargo Operativo, Enlace u homólogo (a)

/cms/uploads/image/file/576278/Logo_YouTube.jpg Ve aquí el Tutorial para servidores (as) públicos con cargo a partir de Jefe de Departamento u homólogo (a)