Segunda parte de la entrevista ofrecida por el  Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas y Encargado del Despacho de la Secretaría de la Función Pública (SFP), Javier Vargas Zempoaltecatl, al  Director y Conductor del Noticiero “En Los Tiempos de la Radio”, de Grupo Fórmula, Óscar Mario Beteta.

OMB: Vamos a continuar esta charla con el maestro Javier Vargas, Encargado del Despacho de la Secretaría de la Función Pública. Gracias, maestro Vargas.

Comentábamos que dentro del Sistema Nacional Anticorrupción compuesto por siete leyes, la famosa 3de3 es la que ha recibido demasiadas críticas, empezando porque quien miente o sigue mintiendo, sobre todo en el aspecto patrimonial, se sigue saliendo con la suya y no está obligado a rectificar ni tampoco recibe un castigo ejemplar, Maestro Vargas.

JVZ: Buenos días, muchas gracias nuevamente. Bajo este esquema no solamente se limita la intervención tradicional, sino que además se crea una Fiscalía Especial de Combate a la Corrupción, se endurecen las penas en el ámbito penal en caso de…

OMB: Dígame cómo se endurecen las penas en el ámbito penal cuando falseen en sus declaraciones.

JVZ: Bueno, en este caso, se pueden dar diversos ilícitos penales, como el enriquecimiento ilícito. Se crea una figura que es del Fiscal Especial de Combate a la Corrupción, que su principal función va a ser la investigación, persecución y, en su caso, ejercicio de la acción penal de los ilícitos cometidos por servidores públicos.

Adicionalmente a esto, en el ámbito administrativo, comentábamos la vez anterior, que el esquema tradicional también se amplía e intervienen autoridades diversas a las del Poder Ejecutivo.

En este caso, se crea un Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que va a tener facultades de sanción para las faltas graves, las identificamos de manera general, como aquellas faltas administrativas relacionadas con hechos relacionados con el tema de corrupción.

En este caso, se amplía también la aplicación de la ley a particulares vinculados con hechos relacionados con la corrupción son sujetos y pueden ser sancionados.

¿Qué tipo de sanción? Puede ser, desde luego, la sanción económica, la inhabilitación del particular para participar en contrataciones públicas, el resarcimiento del daño o perjuicio que se haya ocasionado, en su caso, al erario público, sea federal, estatal o municipal; y muy importante, el Tribunal tiene facultades para, en su caso, intervenir una sociedad, una empresa o, incluso, decretar la disolución de la persona moral que esté involucrada en algún hecho irregular, junto con algún servidor o servidores públicos.

OMB: Y en la práctica entonces sí cree que en el corto plazo y de inmediato se extiendan las recomendaciones de la Secretaría de la Función Pública al ámbito penal, para que no solo queden en sanciones administrativas que no sirven absolutamente para nada.

JVZ: Desde luego. La Secretaría de la Función Pública tiene la obligación y la responsabilidad de que dentro del ejercicio de sus funciones si tiene conocimiento de un hecho que presuntamente pueda, además de la falta administrativa, tener algún ilícito penal, hacer la denuncia correspondiente.

Es muy importante señalar que ahorita estamos en el periodo de transición, en un periodo de implementación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que es una de las siete leyes de este primer paquete, entra en vigor en julio del año 2017.

El señor Presidente señaló que dentro de los cinco temas prioritarios está el de combate a la corrupción, a través de los sistemas nacionales de transparencia y el Sistema Nacional Anticorrupción, encabezado por los ciudadanos.

Ahorita lo más importante también se encuentra en proceso, se abrirá el proceso por parte del Senado, que ha tenido un papel muy importante en toda la expedición de esta reforma constitucional, la expedición de las leyes y ahora en la implementación, ya que el Senado de la República tiene la importante tarea de conformar el grupo que va a seleccionar a los cinco ciudadanos, que van a conformar el Comité Ciudadano.

Y siempre uno de ellos estará presidiendo ese comité coordinador, órgano colegiado, máxima autoridad y va a dictar las políticas, las directrices a seguir por el Sistema Nacional y los 32 Sistemas Locales Anticorrupción.

OMB: Bueno, y finalmente, la información en teoría, supuestamente: es pública, pero reservada. ¿De qué sirve?

JVZ: Es que no debemos olvidar, está el principio de máxima publicidad, de acceso a la información; pero como todo, se encuentra limitado por los derechos humanos de cualquier persona.

Entonces, ésta va a ser pública, únicamente con la limitación del derecho humano de protección de datos personales, de privacidad de los ciudadanos, de los servidores públicos, únicamente.

OMB: Entonces, ¿qué es público y qué es reservado?

JVZ: Reservado, la información confidencial.

OMB: Por ejemplo.

JVZ: La información relacionada con la familia del servidor público, con los números de cuenta de sus inversiones, sus deudas, su domicilio particular.

OMB: ¿Y qué es público?

JVZ: Todo lo demás, qué inmuebles cuenta, qué vehículos, qué tipo de ingresos, además de los del servicio público, cuenta, el monto de los mismos y las funciones, su cargo, el domicilio.

OMB: Entonces, ¿de qué depende de que se pueda hacer pública una declaración patrimonial, a quién se pide y cómo se obtiene?

Respuesta: Eso está conforme, y así lo prevé la Constitución y este marco jurídico, es un derecho que tiene el servidor público.

OMB: ¿Cualquier ciudadano puede decir: es que yo quiero saber que declaró el funcionario equis?

JVZ: De hecho, al día de hoy, la Secretaría de la Función Pública en términos todavía del marco jurídico anterior, en la Página www.servidorespublicos.gob.mx, puede acceder a toda la información de todos los servidores públicos que presentamos declaración patrimonial y de aquellos que hayan dado su autorización pueden consultar toda la información.

Ante este nuevo marco jurídico, se contará dentro de la Plataforma Digital Nacional que coordina este comité, con la información de la 3de3, con la información de los servidores públicos sancionados, con la información relacionada con contrataciones públicas, las quejas y denuncias, el padrón de servidores públicos que intervienen en los procesos de contratación, el sistema de fiscalización; y todo eso va  a estar abierto, con las únicas limitaciones de la información confidencial, por ser un derecho humano de todos los ciudadanos.

OMB: ¿Cuál sería entonces su mensaje, Maestro Vargas?

JVZ: Que ante este nuevo esquema, es un gran reto, es una gran tarea y es una corresponsabilidad de todas las autoridades que intervenimos en este esquema; y sobre todo, muy importante, de los ciudadanos.

De los que no participan formalmente en este Comité Ciudadano,  denunciar, dar seguimiento y de ayudar a la autoridad para poder hacer nuestra tarea y poder aplicar la ley con todo rigor y toda objetividad.

OMB: Yo agradezco mucho al maestro Javier Vargas Zempoaltecatl, Encargado del Despacho de la Secretaría de la Función Pública, su presencia en el estudio.

JVZ: Muchas gracias por la oportunidad.

 

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