Se trata de una estrategia que permite adjudicar a dos o más licitantes bienes o servicios de un mismo tipo, cuando así lo hayan establecido en la convocatoria a la licitación.

En este caso, los precios de los bienes o servicios contenidos en una misma partida y distribuidos entre dos o más proveedores, no podrán exceder del margen previsto por la convocante en la convocatoria a la licitación, el cual no podrá ser superior al diez por ciento respecto a la proposición solvente más baja.

El abastecimiento simultáneo puede resultar conveniente principalmente en tres casos:

  • Cuando se advierte que no existen proveedores en el mercado con la capacidad de proveer la totalidad de la demanda gubernamental de un mismo bien o servicio, cuestión que debe ser determinada en la investigación de mercado.
  • Para disminuir los riesgos que produciría el incumplimiento en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios por parte del único proveedor al que se le hubiera adjudicado el contrato. En este supuesto la utilización del abastecimiento simultáneo debe ser determinada considerando la importancia de que el ente público de que se trate cuente con el bien o servicio de que se trate para el continuo ejercicio de sus atribuciones o la continua prestación de los servicios a que se encuentra obligado, así como la posible interrupción que de dicho ejercicio o prestación supondría el desabasto del bien o servicio contratado. En este supuesto el lote de menor porcentaje debe ser capaz de cubrir las necesidades del ente público durante el tiempo que dilataría la realización de la rescisión del contrato incumplido y de la realización de un nuevo procedimiento de contratación.
  • Cuando la adjudicación del contrato a un solo proveedor es susceptible de afectar la libre competencia a largo plazo en el mercado, lo cual pudiera tener repercusiones negativas en el futuro para el ente público. Este último caso solo sería aplicable tratándose de volúmenes de adquisición muy considerables.