Durante la Primera Sesión Extraordinaria 2019, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) aprobó la modificación al artículo Segundo Transitorio del “Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación”.

El artículo Segundo Transitorio queda de la siguiente manera: “Se determina que los formatos aprobados mediante el presente Acuerdo, serán obligatorios para los Servidores Públicos al momento de presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses, una vez que se encuentren debidamente integrados y correctamente segmentados, estén plenamente adecuados a las directrices establecidas en el marco jurídico aplicable y se garantice la interoperabilidad con el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses de la Plataforma Digital Nacional, a que hace referencia la fracción I del artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, situación que será formalmente informada a los involucrados mediante el Acuerdo correspondiente que, para tal efecto, emita el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y publique en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación y observancia obligatoria, lo que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2019”.

Cabe recordar que los integrantes del Comité Coordinador del SNA recibieron, de diversas instituciones de los tres órdenes de gobierno encargadas de la puesta en marcha de dicho instrumento de fiscalización y rendición de cuentas, múltiples comentarios y cuestionamientos, respecto a la interoperabilidad y la imposibilidad técnica y jurídica de implementar y operar el formato para la fecha en que se propuso su entrada en vigor.

Por ello, y con miras a la instauración de una nueva ética en el servicio público, la Secretaría de la Función Pública realizó un análisis de los formatos de declaraciones de situación patrimonial y de intereses, señalando la conveniencia de su adecuación a los parámetros y datos que resultan necesarios para convertirlos en verdaderos instrumentos de prevención que permitan dilucidar con mayor certeza la evolución patrimonial de los servidores públicos y, en consecuencia, advertir con oportunidad y precisión posibles hechos de corrupción, conflictos de interés y enriquecimiento ilícito.

De tal manera, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, receptivo y sensible a los comentarios de las diversas instituciones que se han pronunciado en torno al formato de declaraciones de situación patrimonial y de intereses, consideró necesario modificar los formatos y el plazo para su utilización obligatoria, con la finalidad de analizarlos y realizar las adecuaciones que considere pertinentes.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Durante la Sesión, los integrantes del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción dieron la bienvenida a María de la Luz Mijangos Borja, Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

A la Sesión asistieron José Octavio López Presa, Presidente del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción; Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, Secretaria de la Función Pública; David Rogelio Colmenares Páramo, Auditor Superior de la Federación; Alfonso Pérez Daza, Consejero del Consejo de la Judicatura Federal; Francisco Javier Acuña Llamas, Comisionado Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Carlos Chaurand Arzate, Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; María de la Luz Mijangos Borja, Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y Ricardo Salgado Perrilliat, Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.