La corrupción debilita el Estado de Derecho y merma la confianza ciudadana en las instituciones. Para combatir este fenómeno se creó el Sistema Nacional Anticorrupción como una instancia de coordinación entre las diversas autoridades competentes para prevenir, investigar y sancionar las faltas administrativas y hechos de corrupción en México, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

Como consecuencia de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción se crea la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA). Su función es ser un organismo de apoyo técnico encargado de generar los insumos necesarios para la toma de decisiones dentro del Comité Coordinador, instancia responsable de aprobar, diseñar, promover y evaluar la política nacional en la materia. 

La experiencia nos ha demostrado que los esfuerzos aislados de los entes públicos son insuficientes para alcanzar los mejores resultados. Por esta razón, se creó un Sistema Nacional que permita fortalecer los controles internos y externos para combatir la corrupción bajo un esquema legal, homogéneo y de coordinación en el actuar de las autoridades competentes.

La Secretaría Ejecutiva es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión. Esta nueva entidad de la administración pública federal no se encuentra adscrita a ninguna secretaría de estado.

Las principales atribuciones de la Secretaría Ejecutiva son:

  • Proponer políticas públicas y realizar estudios especializados en materia de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como de fiscalización y control de recursos públicos.
  • Diseñar metodologías, indicadores y evaluaciones para medir y dar seguimiento a las políticas públicas implementadas.
  • Administrar la Plataforma Digital Nacional, así como los mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información en materia de fiscalización y control de recursos públicos.
  • Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Comité Coordinador y del Órgano de Gobierno, así como elaborar y certificar los acuerdos e instrumentos jurídicos que se aprueben en dichos órganos colegiados.