Lic. Octavio Mayén Mena: Muy buenas tardes a todos y a todas. Sean bienvenidos a esta conferencia de prensa que dará el licenciado Emilio Chuayffet Chemor, Secretario de Educación Pública.

Le acompañan en esta mesa el licenciado Enrique del  Val Blanco, Subsecretario de Planeación; el doctor Fernando Serrano, Subsecretario de Educación Superior; la maestra Alba Martínez, Subsecretaria de Educación Básica; el doctor Rodolfo Tuirán, Subsecretario de Educación Media Superior; el licenciado Nicolás Kubli, Oficial Mayor; el maestro César Becker, Titular de la Unidad de Coordinación Ejecutiva, y el licenciado Luis Vega, Titular de la Unidad Jurídica.

Sean bienvenidos. Señor Secretario, si es tan amable.

 Lic. Emilio Chuayffet Chemor: Muchas gracias.

Señoras y señores  representantes de los medios de comunicación, el día de hoy el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, firmó las tres iniciativas de leyes generadas por la Reforma Constitucional Educativa aprobada el pasado 26 de febrero.

Dichas iniciativas habrán de hacerse llegar el día de mañana a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión y son el proyecto de Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; el Proyecto de Ley del Servicio Profesional Docente y el Proyecto que reforma a la Ley  General de Educación.

Quisiera destacar  que la Reforma Constitucional y las leyes que ahora se proponen, tienen un común denominador: mejorar la calidad de la educación básica y media superior y perseverar en lograr la equidad de la educación pública que presta el Estado.

Los tres instrumentos legales se complementan y deben analizarse y verse interrelacionados para alcanzar los propósitos que ya mencioné.

Es necesario reconocer, lo digo con claridad, que hay muchos otros renglones en materia educativa que deberán ser abordados en otros instrumentos jurídicos en otro momento, para alcanzar que la educación nacional sea el instrumento de justicia social y de desarrollo que esperamos.

La iniciativa de Ley del Instituto Nacional de la Educación propone regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y la organización del propio instituto. Promueve el derecho de los educandos a recibir educación de calidad, con fundamento en lo que señala el artículo 4° Constitucional, el interés superior de la infancia. Establece que la evaluación deberá considerar los contextos demográfico, social y económico de los agentes del Sistema Educativo Nacional; repito, la evaluación obedecerá a los distintos contextos.

Se señalan los fines del Sistema Nacional de Evaluación Educativa y la coordinación efectiva de las dependencias y entidades que lo conforman.

Para su funcionamiento, el Sistema Nacional de Evaluación Educativa contará con una conferencia, cuyo propósito será intercambiar información y experiencias relativas a la evaluación educativa.

En lo tocante a las atribuciones con las que debe contar el Instituto para cumplir su objetivo, se dividen en dos grandes rubros: el primero de ellos son las atribuciones generales que derivan de su facultad para evaluar los componentes, los procesos y los resultados del Sistema Educativo Nacional en los tipos o niveles educativos de su competencia.

El segundo rubro se refiere a las atribuciones específicas que están relacionadas con el Servicio Profesional Docente para la evaluación de los maestros y personal con funciones de dirección y supervisión de la educación básica y media superior.

La iniciativa propone que los lineamientos y directrices que emita el Instituto se harán siempre del conocimiento público. Los primeros lineamientos serán obligatorios, por lo que su incumplimiento será sancionado de acuerdo con el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, las evaluaciones realizadas por las autoridades educativas en contravención a la ley o a los lineamientos del Instituto serán nulas de pleno derecho.

La iniciativa de Ley del Servicio Profesional Docente tiene como propósito asegurar la institucionalización de éste, con el fin de contribuir a que la educación básica y media superior que imparte el Estado alcance los niveles de calidad que nuestra sociedad demanda.

Es injusto atribuir los bajos resultados educativos a un solo factor, como frecuentemente se ha señalado de manera equivocada, puesto que el Magisterio reclama evaluaciones que consideren una valoración integral de su desempeño y atiendan a la complejidad de circunstancias en las que el ejercicio de la función docente tiene lugar.

Por ello, la creación del Servicio Profesional Docente responde precisamente a la exigencia de una evaluación justa que asegure la dignificación de la profesión del maestro.

Mediante las disposiciones contenidas en la iniciativa, será posible que el Estado cumpla de mejor manera con su obligación de proporcionar educación pública, gratuita, laica y de calidad que la Constitución le ordena.

Asimismo, la iniciativa valora el papel esencial que el docente desempeña en la formación integral del ser humano; es por ello que la misma proporciona las bases jurídicas que permiten superar la gran variedad de problemas e inconvenientes que a lo largo del tiempo se han extendido en perjuicio de la educación.

Ha sido y es indispensable reconocer la proliferación de prácticas indebidas que han dañado a la educación, a la dignidad del maestro y al derecho de los mexicanos a una educación de calidad.

En este sentido, se cuenta con las evidencias que hacen ver la necesidad de crear y tener una estructura jurídica y una organización eficiente que asegure el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio. Igualmente, es indispensable establecer condiciones y apoyos que favorezcan el desarrollo profesional de cada maestro, al tiempo que estimulen su superación y reconozcan el valor de sus aportaciones.

Esta iniciativa confiere a la evaluación, la iniciativa que debe tener en la organización del Servicio Educativo Nacional. Toma en cuenta las prácticas efectuadas en esta materia en los últimos años, recoge opiniones de maestros, expertos y representantes de la sociedad, y favorece una cultura que permite apreciar el valor que la evaluación aporta para que el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio tengan como base los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.

Los preceptos de la reforma constitucional aplicados a la educación obligatoria que imparte el Estado y los procedimientos previstos en esta iniciativa de ley se fundamentan en la misma Ley Suprema, pero al mismo tiempo reconocen las distintas maneras de organización que distinguen a la educación básica de la media superior.

Asimismo, con base en el federalismo educativo, esta iniciativa toma en cuenta la distribución de funciones entre los distintos ámbitos de competencia. Bajo este esquema de organización y funcionamiento, atendiendo a los lineamientos que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación emita, las autoridades educativas ejercerán sus atribuciones y cumplirán con las obligaciones a las que la ley los obliga.

La Ley General de Educación debe contener los cambios que ordena la ley fundamental en materia de obligatoriedad de la educación media superior. En primer lugar, debe crear el Sistema de Información y Gestión Educativa y, por otro lado, actualizar el contenido de algunas disposiciones que permitirán al Estado mexicano fortalecer las actividades que se desarrollan en el sector educativo.

La iniciativa propone establecer que las autoridades educativas federal, locales y municipales deberán realizar acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas, lo cual aplicará tanto en los planteles de educación básica, mediante la emisión de lineamientos, como los que se refieren a los de la educación media superior, a través de mecanismos de colaboración.

Por lo que toca a las escuelas que imparten educación media superior, la Secretaría establecerá los mecanismos de colaboración necesarios para que los programas de gestión escolar formulados por las autoridades educativas y por los organismos descentralizados, en el ámbito de sus atribuciones, propicien el mantenimiento de elementos comunes.

El texto constitucional reformado crea las Escuelas de Tiempo Completo, con jornadas de seis a ocho horas diarias, para aprovechar el tiempo disponible en el desarrollo económico, deportivo y cultural.

Para atender tal disposición, se considera oportuno propiciar la adición de la fracción 16 al Artículo 33 de la Ley General de Educación, para establecer que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias establecerán de forma paulatina y conforme a su presupuesto las escuelas de tiempo completo con las características que determina la Constitución Federal, lo que se considera una medida concreta para mejorar las condiciones de vida de las zonas de menor desarrollo del país, toda vez que de tal forma se podrá abatir el rezago educativo característico de dichas zonas.

Esta iniciativa retoma el sentido de la ley fundamental, ya que la adecuada alimentación es básica para llevar a cabo la función social educativa. A la vez, es una herramienta indispensable para lograr la igualdad social y combatir el rezago. En ese sentido, se consideró pertinente instrumentar la disposición constitucional, adicionando la fracción 17 al Artículo 33 de la Ley de Educación, para que las autoridades educativas impulsen esos esquemas.

Respecto a otras modificaciones de la Ley de Educación para mejorar el servicio, el presente decreto propone las siguientes:

-       Fortalecer la gratuidad de la educación que imparta el Estado, en atención a quejas constantes, sobre todo de padres de familia, con respecto al cobro obligatorio de contraprestaciones en escuelas públicas que imparten educación básica o media superior.

-       La inspección de servicios educativos que presten los particulares al amparo de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

-       Fortalecer la educación especial y la inicial, incluyendo a las personas con discapacidad.

-       Fortalecer los sistemas de educación a distancia.

-       Asegurar la protección de los derechos de los educandos.

-       Participación de la organización sindical en los consejos de participación social.

-       Determinación de planes y programas de estudio.

Antes de terminar, quisiera decirles que hay una propuesta de artículo transitorio en la Iniciativa de Reformas a la Ley General de Educación, que es muy importante y que ha sido continuamente solicitada por las autoridades estatales.

En un transitorio específicamente se destaca el compromiso del Ejecutivo Federal de revisar, en la próxima Reforma Hacendaria, la fórmula de distribución del FAEB (Fondo de Aportaciones de la Educación Básica y Normal) con el propósito de fortalecer la equidad educativa.

Con todas estas reformas y las que aún nos faltan, aspiramos a que una educación de calidad soportada en un sistema de corresponsabilidades, con recursos mejor distribuidos, sea pronto una incontrastable realidad en México.

Muchas gracias.