1. ¿Qué es el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE)?
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Acuerdo expreso de la autoridad educativa que reconoce la validez de los estudios impartidos por un particular, distintos a los de primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
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2. ¿Qué estudios ampara un RVOE?
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El RVOE únicamente respaldará los estudios impartidos por una institución en un domicilio determinado, respecto de un plan y programas de estudio específico y con el personal docente que cumpla con los requisitos establecidos por la autoridad educativa.

Por lo que, el particular no podrá hacer uso del reconocimiento para impartir, ofrecer o publicitar estudios diversos o correspondientes a otros planes y programas de estudios, en otros domicilios o con personal docente que no cumpla con los requisitos determinados.
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3. ¿Es obligatorio que las instituciones particulares de educación media superior obtengan el RVOE?
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La Ley General de Educación no establece obligación expresa para que las instituciones particulares obtengan el RVOE, sin embargo, los particulares que imparten estudios sin RVOE tienen que mencionar en toda su publicidad que hagan y documentación que emitan que los estudios que imparten son "sin reconocimiento de validez oficial".
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4. ¿Cuál es la diferencia entre un RVOE federal y uno estatal?
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La diferencia radica en la autoridad educativa que otorgó el RVOE; sin embargo, los efectos del reconocimiento son los mismos para las instituciones y sus alumnos, por lo tanto, los documentos que expidan dichas instituciones serán válidos en todo el territorio nacional.

Lo anterior es así, ya que el artículo 14 de la Ley General de Educación establece la concurrencia de atribuciones de la autoridad educativa local y federal para otorgar, negar o retirar el reconocimiento de validez oficial de estudios.
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5. ¿Cuáles son los tipos y niveles educativos?
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Los tipos educativos son básico, medio superior y superior, mismos que cuentan con los siguientes niveles educativos:

   • Básico:
       Preescolar
       Primaria
       Secundaria

    • Medio Superior:
       Bachillerato General
       Bachillerato Tecnológico
       Profesional Técnico

   Superior:
       Licenciatura
       Especialidad
       Maestría
       Doctorado
       Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado
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6. ¿Cuáles son las modalidades educativas del tipo medio superior?
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Escolarizada
No escolarizada
Mixta  
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7. ¿Qué comprende la educación media superior?
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Bachillerato General
Bachillerato Tecnológico
Profesional Técnico
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8. ¿Qué requisitos debe cumplir una institución para obtener el RVOE?
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El RVOE se otorgará cuando los solicitantes cuenten:

I.   Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación;
II.  Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y
     pedagógicas; y
III. Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere
     procedentes.
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9. ¿Qué significa que el RVOE de una institución educativa está en trámite?
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Que la institución ha entregado la documentación correspondiente ante la autoridad educativa, y se encuentra en espera de que se agoten las etapas del procedimiento administrativo, mismo que tendrá que finalizar con la resolución en la que se otorgue o niegue el RVOE.

Por lo anterior, aún y cuando la institución educativa haya iniciado con el trámite de solicitud de RVOE, es posible que el mismo le sea negado por incumplimiento a alguno de los requisitos solicitados; en ese sentido, la institución durante el procedimiento se encuentra imposibilitada para prestar servicios educativos haciendo referencia a un posible reconocimiento de validez.

En tal caso, la institución educativa tendrá que mencionar en su publicidad y documentación su calidad de no incorporada, de no hacerlo así será acreedora de las sanciones establecidas en Ley.
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10. ¿Qué sucede si estudié en una institución que no cuenta con RVOE?
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Los estudios que se cursaron en dicha institución carecerán de validez oficial y por lo tanto no se podrá expedir ningún documento oficial como lo son certificados, títulos o cédulas.

Además no podrán seguir cursando estudios en otra institución y se tendrá que iniciar de nueva cuenta.
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11. ¿Cuáles son las obligaciones de las instituciones particulares?
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Las principales obligaciones son las siguientes:

Contar con personal que acredite la preparación adecuada para impartir
   educación;
Tener instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad
   y pedagógicas;
Impartir planes y programas de estudio que la autoridad educativa considere
   procedentes;
Proporcionar un mínimo de becas;
Facilitar y colaborar en las actividades de evaluación, inspección y vigilancia
   que las autoridades competentes realicen u ordenen, y
Señalar en la documentación y publicidad que expidan el número de RVOE,
  la autoridad y la fecha en que se otorgó.

Los particulares que presten servicios educativos sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionarlo en su correspondiente documentación y publicidad.
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12. ¿Cuáles son las autoridades federales competentes para otorgar RVOE para impartir educación media superior?
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   Bachillerato General
        Dirección General del Bachillerato (DGB)
        Colegio de Bachilleres (COLBACH)

    Bachillerato Tecnológico
        Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI)
        Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA)
        Dirección General de Ciencias y Tecnologías del Mar (DGCyTM)

     Profesional Técnico
        Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP)
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13. ¿Qué son los Centros de Asesoría?
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Aquellos que brindan servicios de asesoría académica a quienes tienen interés en acreditar su educación media superior a través de las opciones:

a) Certificación por evaluaciones parciales, o
b) Certificación por examen.

La autoridad educativa federal podrá otorgar un registro a dichos Centros, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable, dicho registro, no implica el reconocimiento de validez oficial de los servicios que se ofrezcan en los mencionados centros.
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14. ¿Es obligatorio para los Centros de Asesoría contar con un registro?
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No, sin embargo cuentan con la obligación de mencionar en la totalidad de la documentación que expidan y en la publicidad que hagan la leyenda siguiente:
"Este centro de asesoría carece de registro ante la autoridad educativa federal"    
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15. ¿Cuáles son las responsabilidades de los Centros de Asesoría?
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Los centros de asesoría -con o sin registro- serán responsables de contar con la posesión legal de las instalaciones; que las mismas sean higiénicas, seguras y pedagógicas, así como de obtener, renovar y en general mantener vigentes todos los permisos, dictámenes y licencias que conforme a los ordenamientos correspondientes resulten aplicables y exigibles por parte de autoridades no educativas.