Por DGDGIE el 09/10/14

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Bienvenido, aquí podrás resolver las dudas más comunes.

¿Cómo se seleccionan los beneficiarios?

La Secretaría de Educación Pública a partir de los datos del CEMABE elaboró el índice de Carencias por Escuelas (ICE), en el que fueron detectadas las comunidades escolares de educación básica que se encuentran en alto y muy alto rezago en sus condiciones físicas, así como las supervisiones de zona que atienden a estas escuelas.

¿Por qué el CEPS debe participar en el Programa?

Primero, para dar cumplimiento al Acuerdo número 716 que establece la constitución del Consejo Escolar de Participación Social, el cual se integra por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical quienes acudirán como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos de la escuela, exalumnos, así como con los demás miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela.

Segundo, porque al ser representante de la comunidad escolar, asume una responsabilidad compartida con las autoridades escolares en el desarrollo de diversas acciones que se realizan en la escuela, para beneficio de la comunidad escolar y especialmente de los alumnos.

¿En qué acciones puede destinarse el recurso para la atención las carencias físicas de la escuela?

El apoyo podrá destinarse a mejorar el estado físico y equipamiento de los inmuebles de educación básica participantes en los siguientes rubros:

  • Construcción, remodelación o habilitación de espacios educativos
  • Infraestructura hidro-sanitaria y acciones para procurar acceso a agua potable.
  • Equipamiento básico del aula.

¿Cómo se puede ejercerse en recurso destinado a autonomía de gestión?

Los recursos podrán ser ejercidos en los siguientes rubros:

    1. Desarrollo y fortalecimiento de las cuatro prioridades educativas del SBME: lectura, escritura y matemáticas; prevención del abandono escolar, normalidad mínima escolar y convivencia pacífica en la escuela.
    2. Desarrollo y/o fortalecimiento de las capacidades de la comunidad escolar para ejercer corresponsablemente la autonomía de gestión escolar.
    3. Contratación de servicios para resolver problemas de operación básicos.
    4. Adecuación y mantenimiento de espacios escolares distintos a los del Componente 1.
    5. Equipamiento de las escuelas en aspectos distintos a los considerados en el Componente 1.

      Las escuelas podrán ejercer en los rubros de gasto señalados en los incisos 4 y 5 un máximo del 40% del total de los recursos recibidos por este componente.

      ¿Qué son las acciones mayores?

      Son las modificaciones a las condiciones físicas estructurales del edificio: demoliciones, reestructuraciones o reconstrucciones; así como la consolidación de dichas condiciones: ampliación (construcción de nuevas aulas, sanitarios u otros espacios educativos) y rehabilitación de espacios educativos.

      ¿Qué son las acciones menores?

      Se denominan acciones menores cuando las necesidades identificadas no implican modificaciones en la estructura del edificio escolar, pero son de infraestructura física, por ejemplo: pisos, muros, ventanas, puertas, techos y paredes, entre otros.

      ¿Cómo se realiza la rendición de cuentas?

      La Autoridad Educativa Local instrumentará los mecanismos para que esto se lleve a cabo.

      ¿Cómo se distribuyen los recursos financieros a las comunidades escolares?

      A través de un Fideicomiso Público Nacional, el cual los asignará de manera directa a las comunidades escolares beneficiarias. El Comité Técnico generará alternativas para transferir los recursos que garanticen:

      • Transparencia y eficiencia en el ejercicio,
      • El ejercicio del recurso desde la autonomía de gestión de las escuelas,
      • Participación de la comunidad escolar en la toma de decisiones, y
      • Reducir la carga administrativa vinculada con el ejercicio del recurso.

      ¿En qué consiste el Fideicomiso y que relación establece con las comunidades escolares?

      El Fideicomiso Público Nacional es una instancia financiera responsable de administrar y distribuir los recursos económicos a las comunidades escolares para apoyar las adquisiciones de los componentes 1 y 2 del Programa. Asimismo, a través del fideicomiso se asignan los recursos destinados a los gastos de operación del Programa en cada entidad federativa y el Distrito Federal y para la supervisión de zona, conforme a lo establecido en los Lineamientos de operación del Programa.

      ¿Pueden las comunidades escolares recurrir a proveedores que no se encuentren en la lista proporcionada por la AEL y el Organismo Local?

      Sí, en los casos en los que se aplica recurso del Componente 2.

      ¿Qué sucede si la comunidad escolar no gasta todo su recurso?

      Es considerado una disposición financiera, es decir, se reintegra al fideicomiso.

      ¿Qué sucede si la comunidad escolar sobrepasa el gasto planeado?

      Será la propia escuela quién aporte el monto del recurso equivalente al desfase con el presupuesto original.