Requisitos:

1.  Acuerdo de cambio de la denominación de la carrera o estudios de posgrado, con sello oficial de la autoridad que autorizó dicha modificación.
2.  Mapa curricular con asignaturas y créditos, con sello oficial de quien autorizó el cambio, en el caso de modificación del plan de estudios; por período escolar (con duración del período).
3.    Solicitud en los formatos oficiales. Para captura en línea haga click aquí.
4.    Oficio informando la denominación de los estudios con que se expedirán los títulos, diplomas o grados.
5.    Original del recibo de pago de derechos federales. El pago se deberá realizar en una  institución bancaria.
 
Costo del servicio:    $800 Por modificación de cada carrera
Vigencia:    Del 1 de enero del 2015 hasta nuevo aviso
Costo del servicio:    20 días hábiles
Área donde se proporciona:    Departamento de Instituciones Educativas. Insurgentes Sur N° 2387, 1er. Piso, Col. San Ángel, C. P. 01000, México, D. F.
Encargado del área:    Lic. Leticia Miranda Piliado
Teléfono:    Conmutador 3601-6600 Ext. 61059, 61055
Horario de atención:    De 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes
Requisitos especiales:   Todos los Planes de Estudios de: Formación para docentes deberán estar debidamente autorizados por la Dirección General de Normatividad Universidades Tecnológicas, deberán ser autorizados por la Coordinación de Universidades Tecnológicas.

Los Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos, los Institutos Tecnológicos Superiores, así como las Universidades Tecnológicas deberán ajustarse a los convenios de coordinación de la Secretaría de Educación Pública con el gobierno del estado al que correspondan, para su creación, así como a la normatividad que de éste se deriva, en su caso.
 
Los organismos autónomos deberán ajustarse a su legislación, misma que debe estar registrada en la Dirección General de Profesiones.