¿Qué registros existen en la Dirección General de Profesiones?

Los principales registros versan sobre títulos profesionales y los grados académicos, escuelas que imparten educación profesional y colegios de profesionistas.

¿Los registros de la Dirección General de Profesiones son públicos?

Los registros son públicos.


¿Cualquier ciudadano puede preguntar por un registro?




¿Es posible consultar los registros?




¿Cómo puedo consultar los registros?

Mediante el trámite de “Consulta el archivo” de la Dirección General de Profesiones.


Existe algún formato establecido para efectuar el trámite de “Consulta al archivo”.

No


¿De qué forma se solicita el trámite de “Consulta al archivo”?

Mediante un escrito libre suscrito en original.

¿Cómo efectuó el pago de derechos?

Mediante un formato establecido descargable en la siguiente dirección electrónica.
http://sep.gob.mx/work/appsite/e5_ene12/dpa/hojaayuda.html?institucion=dpa

¿Cuáles son los requisitos del trámite de “Consulta al archivo”?

Escrito libre suscrito en original y pago de derechos.

Mediante el trámite de “Consulta al archivo”, puedo consultar cualquier información.

No únicamente la de carácter público, porque la documentación que obra dentro de los expedientes conformados con motivo de los registros mencionados, son de la titularidad de quien realizó el trámite, esto es, únicamente de o los interesados (titulares de la información), o representante legal, previamente acreditando interés jurídico y su personalidad, debido a que contienen información reservada y confidencial.

¿Por qué no puede solicitarse la “Consulta al archivo” de cualquier información?

Porque se trata de datos personales, que afectan la intimidad de los titulares de la información.

¿Quiénes son los titulares de la información de los principales registros que existen en la Dirección General de Profesiones?

El o los interesados del tipo de trámite según sea el caso, o representante legal, previamente acreditando interés jurídico y su personalidad, por lo que se requiere el consentimiento expreso o por escrito o por o por un medio de autenticación similar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.